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Legislación › Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

Artículo 55. Régimen de los Bienes Inmuebles Catalogados.

Artículo 55. Régimen de los Bienes Inmuebles Catalogados.

El régimen de protección y sancionador de los bienes inmuebles catalogados será el establecido en la normativa urbanística y en la normativa de protección del patrimonio urbano y arquitectónico.

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