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Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 21 de febrero de 2023 · Último cambio el 21 de febrero de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Finalidad de la ley.
- Artículo 2. Ámbito material de aplicación.
- Artículo 3. Ámbito personal de aplicación.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. Comunicación de infracciones a través del Sistema interno de información.
- Artículo 5. Sistema interno de información.
- Artículo 6. Gestión del Sistema interno de información por tercero externo.
- Artículo 7. Canal interno de información.
- Artículo 8. Responsable del Sistema interno de información.
- Artículo 9. Procedimiento de gestión de informaciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Entidades obligadas del sector privado.
- Artículo 11. Grupos de sociedades.
- Artículo 12. Medios compartidos en el sector privado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Entidades obligadas en el sector público.
- Artículo 14. Medios compartidos en el sector público.
- Artículo 15. Gestión del Sistema interno de información por tercero externo.
- TÍTULO III
- Artículo 16. Comunicación a través del canal externo de información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. o a través de las autoridades u órganos autonómicos.
- Artículo 17. Recepción de informaciones.
- Artículo 18. Trámite de admisión.
- Artículo 19. Instrucción.
- Artículo 20. Terminación de las actuaciones.
- Artículo 21. Derechos y garantías del informante ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.
- Artículo 22. Publicación y revisión del procedimiento de gestión de informaciones.
- Artículo 23. Traslado de la comunicación por otras autoridades a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.
- Artículo 24. Informaciones sujetas a la competencia de las autoridades independientes de protección a informantes.
- TÍTULO IV
- Artículo 25. Información sobre los canales interno y externo de información.
- Artículo 26. Registro de informaciones.
- TÍTULO V
- Artículo 27. Concepto.
- Artículo 28. Condiciones de protección.
- TÍTULO VI
- Artículo 29. Régimen jurídico del tratamiento de datos personales.
- Artículo 30. Licitud de los tratamientos de datos personales.
- Artículo 31. Información sobre protección de datos personales y ejercicio de derechos.
- Artículo 32. Tratamiento de datos personales en el Sistema interno de información.
- Artículo 33. Preservación de la identidad del informante y de las personas afectadas.
- Artículo 34. Delegado de protección de datos.
- TÍTULO VII
- Artículo 35. Condiciones de protección.
- Artículo 36. Prohibición de represalias.
- Artículo 37. Medidas de apoyo.
- Artículo 38. Medidas de protección frente a represalias.
- Artículo 39. Medidas para la protección de las personas afectadas.
- Artículo 40. Supuestos de exención y atenuación de la sanción.
- Artículo 41. Autoridades competentes.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 42. Naturaleza.
- Artículo 43. Funciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 44. Régimen jurídico.
- Artículo 45. Régimen de personal.
- Artículo 46. Régimen de contratación.
- Artículo 47. Régimen patrimonial.
- Artículo 48. Régimen de asistencia jurídica.
- Artículo 49. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico y financiero.
- Artículo 50. Régimen de recursos.
- Artículo 51. Circulares y recomendaciones.
- Artículo 52. Potestad sancionadora.
- CAPÍTULO III
- Artículo 53. De la Presidencia.
- Artículo 54. De la Comisión Consultiva de Protección del Informante.
- Artículo 55. Funciones de la Presidencia.
- Artículo 56. Funciones de la Comisión Consultiva de Protección del Informante.
- Artículo 57. Organización interna.
- Artículo 58. Causas de cese de la Presidencia.
- Artículo 59. Control parlamentario.
- TÍTULO IX
- Artículo 60. Régimen jurídico aplicable.
- Artículo 61. Autoridad sancionadora.
- Artículo 62. Sujetos responsables.
- Artículo 63. Infracciones.
- Artículo 64. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 65. Sanciones.
- Artículo 66. Graduación.
- Artículo 67. Concurrencia.
- Artículo 68. Prescripción de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Revisión de los procedimientos de recepción y seguimiento.
- Disposición adicional segunda. Convenios.
- Disposición adicional tercera. Memoria anual y estadísticas.
- Disposición adicional cuarta. Administración de los Territorios Históricos del País Vasco.
- Disposición adicional quinta. Estrategia contra la corrupción.
- Disposición adicional sexta. Extensión de las medidas de protección.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de los Sistemas y canales internos de información existentes.
- Disposición transitoria segunda. Plazo máximo para el establecimiento de Sistemas internos de información y adaptación de los ya existentes.
- Disposición transitoria tercera. Previsión presupuestaria de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Disposición final séptima. Modificación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Disposición final octava. Títulos competenciales.
- Disposición final novena. Incorporación de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
- Disposición final décima. Habilitación de desarrollo.
- Disposición final undécima. Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.
- Disposición final duodécima. Entrada en vigor.
- [firma]


