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Legislación › Real Decreto 49/2024, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los centros docentes de la Policía Nacional.

Artículo 9. Gestión de calidad.

Artículo 9. Gestión de calidad.

La persona responsable de la gestión de la calidad del centro dependerá directamente de la Dirección y asumirá las siguientes funciones:

a) Impulsar la mejora de la calidad de los servicios prestados en el centro a través de la formación y de la implantación de programas de calidad.

b) Inspeccionar y supervisar la calidad de los servicios y el cumplimiento de los programas implantados.

c) Cualquier otra que pueda serle encomendada y que esté relacionada directamente con su actividad, funcionamiento o competencia.

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