Legislación › Ley 8/2026, de 2 de julio, de la erradicación del amianto.
Disposición adicional décima. Informe sobre el Plan nacional para la erradicación del amianto.
Disposición adicional décima. Informe sobre el Plan nacional para la erradicación del amianto.
El Gobierno debe presentar al Parlamento de Cataluña, cada dos años, un informe sobre la evaluación y revisión del Plan nacional para la erradicación del amianto.
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