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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Artículo 4. Cuota.

Artículo 4. Cuota.

1. Por cada diligencia de certificado de instalación de suministro de agua: 7,83 euros.

2. Por cada diligencia de certificado de instalación de gas: 7,83 euros.

3. Por cada diligencia de certificado de reconocimiento de instalación eléctrica de baja tensión: 7,83 euros.

4. Por cada diligencia de certificado de revisión periódica de instalación eléctrica de alta tensión: 7,83 euros.

Se modifica por el art. 7.9 de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre. BOE-A-2012-2270

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2012 En vigor BOE-A-2012-2270 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2004 BOE-A-2004-90027 Leer

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