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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 12.12-1. Hecho imponible.

Artículo 12.12-1. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la obtención de la etiqueta ecológica de la Unión Europea.

Se modifica por el art. 15.2 de la Ley 7/2011, de 27 de julio. BOE-A-2011-13896.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de julio de 2011 En vigor BOE-A-2011-13896 Leer Qué cambió
28 de junio de 2008 BOE-A-2008-90017 Leer

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