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Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas.
En vigor Ministerio de Industria y Energía · Publicada el 27 de enero de 1995 · Último cambio el 18 de marzo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Firma
- ANEXO
- ANEXO I
- CAPITULO I
- Artículo 1.
- Artículo 2. 2 redacciones · cambió el 22/10/1999
- Artículo 3.
- CAPITULO II
- Artículo 4. Empresas instaladoras 2 redacciones · cambió el 22/05/2010
- Artículo 5.
- CAPITULO III
- Artículo 6. Autorización y comunicación de instalaciones, modificaciones y puesta en servicio. 4 redacciones · cambió el 20/06/2020
- Artículo 7.
- Artículo 8. 3 redacciones · cambió el 22/05/2010
- CAPITULO IV
- Artículo 9.
- CAPITULO V
- Artículo 10. Normas. 3 redacciones · cambió el 18/03/2023
- CAPITULO VI
- Artículo 11. Cumplimiento de las prescripciones. 2 redacciones · cambió el 02/08/2017
- Artículo 12.
- INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IP 01 «REFINERIAS»
- CAPITULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Instalaciones comprendidas en esta Instrucción técnica complementaria.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Area de las instalaciones.
- Artículo 5. Tipos de zonas.
- CAPITULO II
- Artículo 6. Ordenación de las refinerías.
- Artículo 7. Distancias entre instalaciones y con el exterior.
- Artículo 8. Límites exteriores de las instalaciones.
- Artículo 9. Vías de circulación.
- Artículo 10. Unidades de tratamiento.
- Artículo 11. Sistemas de alivio de presión y evacuación de fluidos de unidades.
- Artículo 12. Antorchas.
- Artículo 13. Tuberías y centros de trasiego de hidrocarburos.
- Artículo 14. Cargaderos.
- Artículo 15. Tipos de almacenamiento.
- Artículo 16. Capacidad de los tanques. 2 redacciones · cambió el 18/03/2023
- Artículo 17. Disposición y separación de tanques y depósitos.
- Artículo 18. Construcción y accesorios de depósitos a presión.
- Artículo 19. Almacenamiento de hidrocarburos de la clase A-1.
- Artículo 20. Tanques para almacenamiento de hidrocarburos líquidos a presión atmosférica.
- Artículo 21. Cubetos de retención.
- Artículo 22. Instalación de compuestos antidetonantes a base de alquilos de plomo.
- Artículo 23. Características de seguridad del equipo, motores y máquinas no eléctricos, contra incendios y explosiones.
- Artículo 24. Instalaciones, materiales y equipos eléctricos.
- Artículo 25. Alumbrado.
- Artículo 26. Ventilación de locales.
- Artículo 27. Medios generales de lucha contra incendios.
- Artículo 28. Protección e instalaciones para la lucha contra incendios.
- Artículo 29. Sistema de alarma.
- Artículo 30. Redes de drenaje.
- Artículo 31. Depuración de aguas contaminadas.
- Artículo 32. Normas de explotación.
- CAPITULO III
- Artículo 33. Obligaciones y responsabilidades.
- Artículo 34. Accidentes.
- INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IP02
- CAPITULO I
- Artículo 1. Objeto. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 2. Ambito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 3. Definiciones usadas en esta instrucción. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 4. Área de las Instalaciones. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 5. Tipos de zonas. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- CAPITULO II
- Artículo 6. Formas de almacenamiento. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Distancias entre instalaciones y con el exterior. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 8. Límites exteriores de las instalaciones. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 9. Distancia entre recipientes. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Cargaderos terrestres. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 11. Cargaderos marítimos. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Ordenación de los parques de almacenamiento. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 13. Vías de circulación. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 14. Instalaciones. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 15. Tuberías y centros de trasiego de líquidos petrolíferos. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 16. Tipos de almacenamiento. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 17. Capacidad de tanques. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 18. Tanques para almacenamiento de hidrocarburos líquidos a presión atmosférica de eje vertical. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 19. Cubetos de retención. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 20. Redes de drenaje. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 21. Depuración de aguas hidrocarburadas. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- CAPÍTULO V
- Artículo 22. Depósitos. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 23. Tuberías y accesorios. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 24. Conexiones. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 25. Protecciones. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 26. Pruebas en el lugar de emplazamiento. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- CAPITULO III
- Artículo 27. Reparación de depósitos instalados. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 28. Calentamiento del combustible. 2 redacciones · cambió el 08/08/1998
- Artículo 29. Almacenamiento.
- Artículo 30. Redes de drenaje y sistemas de evacuación y depuración de aguas hidrocarburadas.
- Artículo 31. Vías de circulación.
- Artículo 32. Instalaciones fijas de almacenamiento para suministro a barcos y embarcaciones.
- Artículo 33. Unidades autónomas provisionales.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 34. Instalaciones mixtas de tanques.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 35. Instalaciones, materiales y equipos eléctricos.
- Artículo 36. Alumbrado.
- Artículo 37. Ventilación de locales.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 38. Generalidades.
- Artículo 39. Medios de lucha contra incendios en instalaciones de superficie en exterior de edificaciones.
- Artículo 40. Medios de lucha contra incendios en instalaciones de superficie en el interior de edificios.
- Artículo 41. Instalaciones de almacenamiento bajo superficie (en fosa o enterrados).
- Artículo 42. Protección personal.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 43. Normas de explotación.
- Artículo 44. Obligaciones y responsabilidades.
- Artículo 45. Accidentes.
- CAPÍTULO X
- Artículo 46. Revisiones e inspecciones periódicas.
- Normas admitidas para el cumplimiento de la instrucción MI-IP-02


