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Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos.

En vigor Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 26 de agosto de 2004 · Último cambio el 30 de septiembre de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Objeto.
  6. Artículo 1 bis. Definiciones.
  7. Artículo 2. Obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad. 4 redacciones · cambió el 30/03/2022
  8. Artículo 3. Obligación de diversificación de suministro de gas natural. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  9. Artículo 4. Competencias administrativas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  10. Artículo 5. Información. 3 redacciones · cambió el 31/10/2015
  11. Artículo 6. Procedimiento sancionador.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 7. Sujetos obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de hidrocarburos líquidos. 2 redacciones · cambió el 30/10/2015
  14. Artículo 8. Existencias mínimas de seguridad de los gases licuados del petróleo. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  15. Artículo 9. Productos petrolíferos sujetos a la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad. 3 redacciones · cambió el 31/10/2015
  16. Artículo 10. Contabilización de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos, incluidos los gases licuados de petróleo. 3 redacciones · cambió el 31/10/2015
  17. Artículo 11. Existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos fuera del territorio español. 3 redacciones · cambió el 31/10/2015
  18. Artículo 12. Inicio de actividad. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  19. Artículo 13. Criterios para determinar el contenido de la obligación. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  20. Artículo 14. Existencias estratégicas de hidrocarburos líquidos. 4 redacciones · cambió el 19/03/2021
  21. CAPÍTULO III
  22. Artículo 15. Sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de gas natural. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  23. Artículo 16. Suministros firmes. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  24. Artículo 17. Contabilización de existencias mínimas de seguridad de gas natural. 3 redacciones · cambió el 30/03/2022
  25. Artículo 18. Existencias mínimas de seguridad de gas natural fuera del territorio español.
  26. Artículo 19. Inicio de actividad. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  27. Artículo 20. Criterios para determinar el contenido de la obligación. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  28. Artículo 21. Diversificación del suministro. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  29. TÍTULO II
  30. CAPÍTULO I
  31. Artículo 22. Naturaleza y régimen jurídico.
  32. Artículo 23. Funciones.
  33. CAPÍTULO II
  34. Artículo 24. Patrimonio y recursos.
  35. Artículo 25. Contribución de los sujetos obligados. 3 redacciones · cambió el 22/03/2011
  36. Artículo 26. Establecimiento de las cuotas. 3 redacciones · cambió el 31/10/2015
  37. Artículo 27. Pago de las cuotas. 3 redacciones · cambió el 22/03/2011
  38. Artículo 28. Contabilidad y auditoría.
  39. Artículo 29. Aplicación de resultados.
  40. CAPÍTULO III
  41. Artículo 30. Formas de adquisición y mantenimiento de existencias estratégicas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  42. Artículo 31. Almacenamiento de existencias estratégicas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  43. Artículo 32. Contratos tipo. 3 redacciones · cambió el 31/10/2015
  44. Artículo 33. Distribución geográfica de existencias estratégicas.
  45. Artículo 34. Calidad de los productos. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  46. Artículo 35. Aseguramiento de las existencias estratégicas.
  47. Artículo 36. Venta o permuta de existencias estratégicas.
  48. CAPÍTULO IV
  49. Artículo 37. Facultades de inspección.
  50. Artículo 38. Desarrollo de la inspección.
  51. TÍTULO III
  52. Artículo 39. Aplicación de las existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos. 3 redacciones · cambió el 30/09/2026
  53. Artículo 40. Aplicación de las existencias mínimas de seguridad de gas natural. 2 redacciones · cambió el 30/03/2022
  54. Disposición transitoria primera. Existencias mínimas de seguridad y diversificación de gas natural.
  55. Disposición transitoria segunda. Incremento de existencias estratégicas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  56. Disposición transitoria tercera. Obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad para los transportistas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  57. Disposición transitoria cuarta. Adaptación para el cumplimiento del número de días de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos.
  58. Disposición transitoria quinta. Plan de Inversiones de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos.
  59. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  60. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector del gas natural.
  61. Disposición final segunda. Carácter básico.
  62. Disposición final tercera. Facultades de desarrollo y modificación 2 redacciones · cambió el 31/10/2015
  63. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  64. Firma
  65. ANEXO I
  66. ANEXO II
  67. ANEXO III
  68. ANEXO IV
  69. CAPÍTULO I
  70. Artículo 1. Denominación y régimen jurídico.
  71. Artículo 2. Objeto.
  72. Artículo 3. Domicilio.
  73. Artículo 4. Duración.
  74. Artículo 5. Ámbito territorial. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  75. CAPÍTULO II
  76. Artículo 6. Miembros. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  77. Artículo 7. Órganos rectores.
  78. Artículo 8. Funciones del Presidente.
  79. Artículo 9. La Asamblea General.
  80. Artículo 10. Derecho de voto.
  81. Artículo 11. La Junta Directiva. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  82. Artículo 12. Funciones de la Junta Directiva.
  83. CAPÍTULO III
  84. Artículo 13. Recursos económicos. 2 redacciones · cambió el 29/12/2007
  85. Artículo 14. Presupuesto.
  86. CAPÍTULO IV
  87. Artículo 15. Disolución.
  88. Artículo 16. Comisión liquidadora.