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Ley 3/2005, de 8 de julio, de información sanitaria y autonomía del paciente.

En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 5 de agosto de 2005 · Último cambio el 16 de julio de 2005 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Finalidad de la Ley.
  4. TÍTULO I
  5. Artículo 2. Objeto.
  6. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  7. TÍTULO II
  8. Artículo 4. Derecho a la información asistencial.
  9. Artículo 5. Titulares del derecho a la información asistencial.
  10. Artículo 6. Garantía de la información asistencial.
  11. Artículo 7. Estado de necesidad terapéutica de no informar.
  12. Artículo 8. Derecho a la información epidemiológica.
  13. Artículo 9. Información sanitaria en el ámbito del Sistema Sanitario Público y de la Sanidad Privada de Extremadura.
  14. TÍTULO III
  15. Artículo 10. Intimidad y confidencialidad de la información relacionada con la salud.
  16. Artículo 11. Confidencialidad de los datos genéticos.
  17. Artículo 12. Confidencialidad de otros datos personales.
  18. Artículo 13. Derecho al acompañamiento.
  19. Artículo 14. Régimen de protección.
  20. TÍTULO IV
  21. CAPÍTULO I
  22. Artículo 15. Derechos relacionados con el respeto a la autonomía del paciente.
  23. Artículo 16. Límites.
  24. CAPÍTULO II
  25. Artículo 17. La expresión anticipada de voluntades.
  26. Artículo 18. Documento de expresión anticipada de voluntades.
  27. Artículo 19. Modificación, sustitución y revocación de la expresión anticipada de voluntades.
  28. Artículo 20. Obligaciones de los profesionales sanitarios.
  29. Artículo 21. Eficacia del documento de expresión anticipada de voluntades.
  30. Artículo 22. Registro de Expresión Anticipada de Voluntades.
  31. CAPÍTULO III
  32. Artículo 23. Definición de consentimiento informado.
  33. Artículo 24. Prestación del consentimiento.
  34. Artículo 25. Otorgamiento del consentimiento por representación.
  35. Artículo 26. Límites del consentimiento informado.
  36. Artículo 27. Contenido del documento específico de Consentimiento Informado.
  37. Artículo 28. Características de la información previa al consentimiento.
  38. Artículo 29. Renuncia a la información.
  39. Artículo 30. Negativa a recibir un procedimiento sanitario.
  40. TÍTULO V
  41. CAPÍTULO I
  42. Artículo 31. Definición y tratamiento de la historia clínica.
  43. Artículo 32. Contenido.
  44. Artículo 33. Utilización de la historia clínica.
  45. Artículo 34. Conservación de la historia clínica.
  46. Artículo 35. Derechos del paciente relacionados con el acceso a su historia clínica.
  47. Artículo 36. Derechos en relación con la custodia de la historia clínica.
  48. CAPÍTULO II
  49. Artículo 37. Informe de alta.
  50. Artículo 38. Alta voluntaria y alta forzosa del paciente.
  51. Articulo 39. Certificación acreditativa del estado de salud.
  52. TÍTULO VI
  53. Artículo 40. Consejo Asesor de Bioética y comités de bioética asistencial.
  54. Artículo 41. Comité Ético de Investigación Clínica Autonómico.
  55. TÍTULO VII
  56. Artículo 42. Infracciones.
  57. Artículo 43. Tipificación de las infracciones.
  58. Artículo 44. Régimen sancionador.
  59. Disposición adicional primera.
  60. Disposición adicional segunda.
  61. Disposición adicional tercera.
  62. Disposición transitoria única.
  63. Disposición derogatoria única.
  64. Disposición final primera.
  65. Disposición final segunda.
  66. Firma