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Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 18 de noviembre de 2005 · Último cambio el 18 de noviembre de 2005 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Finalidad de la política de defensa.
- TÍTULO I
- Artículo 3. La Corona.
- Artículo 4. Las Cortes Generales.
- Artículo 5. El Gobierno.
- Artículo 6. El Presidente del Gobierno.
- Artículo 7. El Ministro de Defensa.
- Artículo 8. Consejo de Defensa Nacional.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 9. Ministerio de Defensa.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Fuerzas Armadas.
- Artículo 11. Organización básica.
- Artículo 12. El Estado Mayor de la Defensa.
- Artículo 13. El Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.
- CAPÍTULO III
- Artículo 14. Naturaleza y funciones.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 15. Misiones.
- Artículo 16. Tipos de operaciones.
- Artículo 17. Autorización del Congreso de los Diputados.
- Artículo 18. Seguimiento de las operaciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 19. Condiciones.
- TÍTULO IV
- Artículo 20. Reglas esenciales del comportamiento de los militares.
- Artículo 21. Régimen disciplinario.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 22. Disposición permanente de los recursos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 23. Guardia Civil.
- Artículo 24. Misiones de carácter militar.
- Artículo 25. Coordinación de actuaciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 26. Centro Nacional de Inteligencia.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 27. Cuerpo Nacional de Policía.
- CAPÍTULO V
- Artículo 28. Sistema de cooperación en materia de Protección Civil.
- Artículo 29. Aportación de otros recursos.
- Artículo 30. Zonas de interés para la defensa.
- Artículo 31. Cultura de Defensa.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Título competencial y preceptos con carácter de Ley ordinaria.
- Disposición final tercera. Mandato legislativo.
- Firma


