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Ley 1/2006, de 16 de febrero, de la Iniciativa Legislativa Popular.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 14 de marzo de 2006 · Último cambio el 27 de junio de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la iniciativa legislativa popular.
- Artículo 2. Personas legitimadas.
- Artículo 3. Medio para el ejercicio de la iniciativa legislativa popular.
- Artículo 4. La comisión promotora.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Solicitud de admisión.
- Artículo 6. Admisión a trámite.
- Artículo 7. Recursos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Pliegos para la recogida de firmas.
- Artículo 9. Plazo para la recogida de firmas.
- Artículo 10. Autenticación de las firmas.
- Articulo 11. Acreditación de la inscripción en el padrón municipal o en el censo electoral.
- Artículo 12. Entrega de las firmas.
- Artículo 13. Control del procedimiento.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. Tramitación de la proposición de Ley. 2 redacciones · cambió el 27/06/2014
- Artículo 15. Mantenimiento de la iniciativa en caso de disolución del Parlamento.
- CAPÍTULO V
- Artículo 16. Indemnización por gastos.
- Artículo 17. Otorgamiento de anticipo.
- Disposición adicional primera. Firma electrónica en la presentación de la iniciativa. 2 redacciones · cambió el 27/06/2014
- Disposición adicional segunda. Legislación aplicable a la emisión de resoluciones y a las notificaciones.
- Disposición adicional tercera. Afectación presupuestaria.
- Disposición adicional cuarta. Criterios para el cómputo del plazo para la celebración del debate de totalidad.
- Disposición transitoria primera. La Comisión de Control.
- Disposición transitoria segunda. Régimen de impugnaciones.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento del Parlamento.
- Disposición final segunda. Derecho de iniciativa ciudadana en el ámbito de los entes locales. 2 redacciones · cambió el 27/06/2014
- Disposición final tercera. Desarrollo y cumplimiento de la Ley. 2 redacciones · cambió el 27/06/2014
- Firma


