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Ley 3/2007, de 4 de julio, de la obra pública.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 3 de agosto de 2007 · Último cambio el 31 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto de la ley.
  4. Artículo 2. Definición de obra pública.
  5. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 4. Principios generales.
  7. Artículo 5. Agentes que participan en la obra pública.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Planificación de la Generalidad.
  10. Artículo 7. Programación anual de la Generalidad.
  11. Artículo 8. Planificación y programación de las entidades locales.
  12. CAPÍTULO III
  13. Sección 1
  14. Artículo 9. Régimen jurídico de aplicación a los estudios y proyectos.
  15. Sección 2
  16. Artículo 10. Estudio informativo o anteproyecto: definición y contenido.
  17. Artículo 11. Estudio de impacto ambiental.
  18. Artículo 12. Tramitación en caso de obras de competencia de la Generalidad.
  19. Artículo 13. Tramitación de obras de competencia de las entidades locales.
  20. Artículo 14. Resolución.
  21. Artículo 15. Modificación de los estudios informativos o anteproyectos: causas y procedimiento.
  22. Artículo 16. Aprobación de las modificaciones.
  23. Sección 3
  24. Artículo 17. Proyectos.
  25. Artículo 18. Documentación de los proyectos.
  26. Artículo 19. Tramitación de proyectos de obras de competencia de la Generalitat. 3 redacciones · cambió el 31/12/2025
  27. Artículo 20. Tramitación de proyectos de obras de competencia de las entidades locales.
  28. Artículo 21. Trámite específico para determinadas obras públicas.
  29. Artículo 22. Resolución.
  30. Artículo 23. Modificación de los proyectos.
  31. Sección 4
  32. Artículo 24. Supervisión.
  33. Artículo 25. Órganos de supervisión de proyectos.
  34. Artículo 26. Supervisión continua.
  35. Artículo 27. Auditoría técnica.
  36. Artículo 28. Adecuación al ordenamiento urbanístico.
  37. Artículo 29. Licencia o trámite de control preventivo municipal.
  38. CAPÍTULO IV
  39. Artículo 30. Régimen de contratación.
  40. Artículo 31. Órganos de contratación.
  41. Artículo 32. Mesa de contratación.
  42. Artículo 33. Requisitos de los contratistas.
  43. Artículo 34. Uniones temporales de empresas.
  44. Artículo 35. Subcontratación.
  45. Artículo 36. Registro de buenas prácticas en la ejecución de obras de Cataluña.
  46. Artículo 37. Selección de los contratistas y los procedimientos de adjudicación. 2 redacciones · cambió el 30/03/2017
  47. Artículo 38. Valoración de las ofertas.
  48. Artículo 39. Publicidad y transparencia.
  49. CAPÍTULO V
  50. Artículo 40. Información a los ciudadanos y usuarios.
  51. Artículo 41. Señalización.
  52. Artículo 42. Obligaciones de la empresa constructora.
  53. Artículo 43. Dirección de la obra.
  54. Artículo 44. Control y seguimiento de la ejecución de las obras.
  55. Artículo 45. Control y seguimiento de la ejecución de obras de túneles urbanos.
  56. Artículo 46. Evaluación y control de calidad.
  57. Artículo 47. Garantías y requisitos de seguridad y salud en el trabajo.
  58. Artículo 48. Ejecución de modificaciones o mejoras.
  59. Artículo 49. Memoria final sobre la ejecución y el precio de la obra.
  60. Artículo 50. Responsabilidad de los profesionales y las empresas.
  61. Artículo 51. Publicidad de la actividad contractual de los promotores y gestores.
  62. CAPÍTULO VI
  63. Artículo 52. El consejo asesor de túneles y otras obras singulares.
  64. Artículo 53. Arbitraje y otras formas de resolución convencional de incidencias.
  65. Disposición adicional primera. Cartografía.
  66. Disposición adicional segunda. Información sobre el suelo y el subsuelo.
  67. Disposición adicional tercera. Incorporación de la perspectiva de género.
  68. Disposición transitoria.
  69. Disposición final primera. Desarrollo.
  70. Disposición final segunda. Actualización.
  71. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  72. Firma