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Real Decreto 1294/2007, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General.

En vigor Ministerio de Vivienda · Publicada el 3 de octubre de 2007 · Último cambio el 3 de octubre de 2007 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General.
  3. Disposición transitoria primera. Reelección de cargos.
  4. Disposición transitoria segunda. Plazo para la suscripción del seguro colectivo.
  5. Disposición transitoria tercera. Revisión y adaptación de Estatutos Particulares.
  6. Disposición transitoria cuarta. Consejo General.
  7. Disposición transitoria quinta. Colegiación excepcional.
  8. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  9. Disposición final única. Entrada en vigor.
  10. Firma
  11. ANEXO
  12. TÍTULO I
  13. CAPÍTULO I
  14. Artículo 1. Requisitos de colegiación.
  15. Artículo 2. Denominación de los colegiados.
  16. Artículo 3. Solicitudes de colegiación.
  17. Artículo 4. Situaciones colegiales.
  18. Artículo 5. Denegación de colegiación.
  19. Artículo 6. Trámites posteriores a la admisión del colegiado.
  20. Artículo 7. Pérdida de la condición de colegiado.
  21. CAPÍTULO II
  22. Artículo 8. De los derechos de los colegiados.
  23. Artículo 9. Obligaciones de los colegiados.
  24. TÍTULO II
  25. CAPÍTULO I
  26. Artículo 10. Naturaleza y Régimen Jurídico.
  27. Artículo 11. Seguro colectivo de responsabilidad civil.
  28. CAPÍTULO II
  29. Artículo 12. Los Consejos Autonómicos.
  30. TÍTULO III
  31. CAPÍTULO I
  32. Artículo 13. Naturaleza.
  33. Artículo 14. Relaciones con la Administración General del Estado.
  34. Artículo 15. Órganos del Consejo General.
  35. CAPÍTULO II
  36. Artículo 16. Naturaleza.
  37. Artículo 17. Funciones del Pleno del Consejo General.
  38. Artículo 18. Funcionamiento.
  39. CAPÍTULO III
  40. Artículo 19. Definición y composición.
  41. Artículo 20. Funciones del Consejo Rector.
  42. Artículo 21. Elección y duración de los miembros del Consejo Rector.
  43. Artículo 22. Finalización del mandato del Consejo y de los Consejeros.
  44. Artículo 23. Responsabilidad del Presidente y de los Consejeros. Moción de censura.
  45. Artículo 24. Procedimiento especial de elecciones.
  46. Artículo 25. Funcionamiento del Consejo Rector.
  47. Artículo 26. Funciones del Presidente.
  48. Artículo 27. Funciones del Vicepresidente.
  49. Artículo 28. Funciones del Secretario.
  50. Artículo 29. Funciones del Tesorero.
  51. Artículo 30. Funciones de los miembros del Consejo Rector.
  52. TÍTULO IV
  53. Artículo 31. Autonomía de gestión.
  54. Artículo 32. Recursos económicos del Consejo General.
  55. Artículo 33. El Presupuesto.
  56. Artículo 34. Patrimonio del Consejo General.
  57. TÍTULO V
  58. Artículo 35. Régimen jurídico.
  59. Artículo 36. Régimen de recursos en relación con actos y resoluciones de los colegios ante el Consejo General.
  60. TÍTULO VI
  61. Artículo 37. Principios disciplinarios básicos.
  62. Artículo 38. Ejercicio de la potestad sancionadora.
  63. Artículo 39. Competencias sancionadoras de los colegios.
  64. Artículo 40. Clasificación de las infracciones y órganos competentes.
  65. Artículo 41. Infracciones.
  66. Artículo 42. Sanciones.
  67. Artículo 43. Suspensión provisional.
  68. Artículo 44. Procedimiento Sancionador.
  69. Artículo 45. Prescripción de infracciones y sanciones.
  70. Artículo 46. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
  71. TÍTULO VII
  72. Artículo 47. Emblema de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria colegiados.
  73. Artículo 48. Distinciones corporativas.