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Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 14 de octubre de 2008 · Último cambio el 16 de julio de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Definiciones.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 3. Sujetos obligados a acreditar el cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte. 2 redacciones · cambió el 23/12/2015
  8. Artículo 4. Objetivos obligatorios de biocarburantes. 3 redacciones · cambió el 28/12/2019
  9. Artículo 5. Situaciones de escasez de suministro.
  10. CAPÍTULO III
  11. Artículo 6. Entidad de certificación.
  12. Artículo 7. Acreditación.
  13. Artículo 8. Sistema de anotaciones en cuenta de los certificados.
  14. Artículo 9. Transferencia de certificados.
  15. Artículo 10. Traspaso de certificados al año siguiente.
  16. Articulo 11. Pagos compensatorios. 6 redacciones · cambió el 24/12/2021
  17. Artículo 12. Evaluación de las cantidades acreditadas y liquidación anual.
  18. Artículo 13. Rectificación y cancelación de certificados.
  19. CAPÍTULO IV
  20. Artículo 14. Verificación e inspección.
  21. Artículo 15. Informe anual sobre el uso de biocarburantes con fines de transporte.
  22. Artículo 16. Régimen de infracciones y sanciones.
  23. CAPÍTULO V
  24. Artículo 17. Mezclas de biocarburantes.
  25. Artículo 18. Mezclas con etiquetado específico.
  26. Disposición adicional única. Aplazamiento de los términos temporales para la evaluación de las cantidades acreditadas y la liquidación anual establecidos en la Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, en la Circular 5/2020, de 9 de julio, de la CNMC, y en la circular 2/2017, de 8 de febrero, de la CNMC, y suspensión de determinadas obligaciones previstas en la Circular 5/2020, de 9 de julio, de la CN
  27. Disposición transitoria única. Pagos compensatorios y acreditación en el año 2008.
  28. Disposición final primera. Título competencial.
  29. Disposición final segunda. Ejecución y aplicación.
  30. Disposición final tercera. Autorización para la modificación del anexo.
  31. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  32. [firma]
  33. ANEXO