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Resolución de 30 de enero de 2009, de la Presidencia de la Comisión Nacional de la Competencia, por la que se crea un Registro electrónico y se establecen los requisitos generales para su aplicación a determinados procedimientos.
En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 5 de febrero de 2009 · Último cambio el 14 de marzo de 2011 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Creación del Registro Electrónico de la Comisión Nacional de la Competencia.
- Artículo 4. Naturaleza del Registro Electrónico.
- Artículo 5. Régimen jurídico aplicable al Registro Electrónico.
- Artículo 6. Dirección del Registro Electrónico. 2 redacciones · cambió el 09/02/2010
- Artículo 7. Acreditación de la identidad.
- Artículo 8. Funcionamiento del Registro Electrónico.
- Artículo 9. Condiciones generales para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones.
- Artículo 10. Sistemas de firma electrónica admitidos por el Registro Electrónico 2 redacciones · cambió el 09/02/2010
- Artículo 11. Recibos de la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. 2 redacciones · cambió el 14/03/2011
- Artículo 12. Seguridad.
- Artículo 13. Accesibilidad.
- Artículo 14. Responsabilidad
- Artículo 15. Publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
- Disposición final primera. Órgano competente para modificar la relación de solicitudes, escritos y comunicaciones que pueden presentarse en el Registro Electrónico.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


