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Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi.
En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 26 de octubre de 2011 · Último cambio el 19 de noviembre de 2007 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Concepto de biblioteca.
- Artículo 4. Principio de colaboración.
- Artículo 5. Convergencia de archivos, bibliotecas y museos.
- TÍTULO II
- Artículo 6. Definición.
- Artículo 7. Composición.
- Artículo 8. Deber de información.
- Artículo 9. Acceso a la información bibliográfica.
- Artículo 10. Efectos de la integración en el Sistema Bibliotecario de Euskadi.
- Artículo 11. Principios rectores de la gestión de los medios y recursos del Sistema Bibliotecario de Euskadi.
- Artículo 12. Gratuidad de los servicios bibliotecarios.
- TÍTULO III
- Artículo 13. Concepto, estructura y objetivos de la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 14. Requisitos de las bibliotecas de la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 15. Desarrollo de las colecciones.
- Artículo 16. Acceso a redes electrónicas.
- Artículo 17. Definición de servicios de las bibliotecas integradas en la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 18. Derechos y deberes de los usuarios de las bibliotecas de la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 19. Integración de una biblioteca en la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 20. Condiciones y efectos de la integración de una biblioteca en la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 21. Inspección de la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 22. Registro de las bibliotecas de la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 23. Mapa de la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 24. Personal de la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 25. Catálogo colectivo de la red de lectura pública de Euskadi.
- Artículo 26. Organización de la red de lectura pública de Euskadi.
- TÍTULO IV
- Artículo 27. Definición.
- Artículo 28. Naturaleza, estructura y funcionamiento.
- Artículo 29. Funciones.
- Artículo 30. Coordinación con otros centros.
- TÍTULO V
- Artículo 31. Bibliotecas universitarias públicas.
- Artículo 32. Integración de las bibliotecas escolares y universitarias en la red de lectura pública de Euskadi.
- TÍTULO VI
- Artículo 33. Obra bibliográfica.
- Artículo 34. Depósito Bibliográfico de Euskadi.
- Artículo 35. Centros depositarios.
- Artículo 36. Bienes sujetos a depósito bibliográfico de Euskadi.
- Artículo 37. Depósito voluntario de patrimonio bibliográfico.
- Artículo 38. Sujetos obligados a constituir el Depósito Bibliográfico de Euskadi.
- Artículo 39. Plazo y lugar de entrega de los bienes del Depósito Bibliográfico de Euskadi.
- Artículo 40. Acceso a los fondos del Depósito Bibliográfico de Euskadi.
- TÍTULO VII
- Artículo 41. Declaración de fondos de interés nacional.
- Artículo 42. Efectos de la declaración.
- Artículo 43. Normas en materia de conservación y reproducción.
- TÍTULO VIII
- Artículo 44. Consejo Asesor de Bibliotecas.
- TÍTULO IX
- Artículo 45. Disposiciones generales.
- Artículo 46. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 47. Infracciones leves.
- Artículo 48. Infracciones graves.
- Artículo 49. Infracciones muy graves.
- Artículo 50. Responsables de las infracciones.
- Artículo 51. Circunstancias agravantes y atenuantes de las infracciones.
- Artículo 52. Tipos de sanciones.
- Artículo 53. Sanciones.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Firma


