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Ley Foral 11/2011, de 1 de abril, de Juventud.
En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 26 de abril de 2011 · Último cambio el 11 de abril de 2011 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios generales.
- Artículo 4. Oportunidades y responsabilidades de las personas jóvenes.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Competencias de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
- Artículo 6. Competencias del Departamento competente en materia de juventud.
- Artículo 7. Competencias de las entidades locales.
- Artículo 8. Diálogo estructurado.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. La Estrategia Foral de Juventud.
- Artículo 10. Los Planes de Juventud.
- Artículo 11. Evaluación de las políticas de juventud.
- TÍTULO II
- Artículo 12. Priorización de las políticas de juventud.
- Artículo 13. Tipología de las políticas de juventud.
- CAPÍTULO I
- Artículo 14. Políticas específicas de juventud.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 15. Jóvenes y salud.
- Artículo 16. Jóvenes y deporte.
- Artículo 17. Jóvenes y seguridad vial.
- Artículo 18. Jóvenes y relaciones interpersonales.
- Sección 2
- Artículo 19. Jóvenes y educación.
- Artículo 20. Jóvenes y empleo.
- Artículo 21. Jóvenes y espíritu emprendedor.
- Artículo 22. Jóvenes y familia.
- Artículo 23. Jóvenes y vivienda.
- Artículo 24. Jóvenes, movilidad e internacionalización.
- Artículo 25. Jóvenes y servicios sociales.
- Artículo 26. Jóvenes y medio rural.
- Sección 3
- Artículo 27. Jóvenes y cultura.
- Artículo 28. Jóvenes y medio ambiente.
- Artículo 29. Jóvenes y nuevas tecnologías.
- Artículo 30. Jóvenes y consumo.
- Sección 4
- Artículo 31. Jóvenes y participación cívica.
- Artículo 32. Jóvenes y voluntariado.
- Artículo 33. Jóvenes y participación internacional.
- Artículo 34. Asociacionismo juvenil y otras entidades juveniles.
- Artículo 35. El Consejo de la Juventud de Navarra.
- Artículo 36. Los Consejos comarcales y locales de juventud.
- TÍTULO III
- Artículo 37. Fuentes y principios de financiación en materia de juventud.
- Artículo 38. Participación de las personas usuarias en la financiación.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 39. Competencias y funciones de inspección.
- Artículo 40. Personal inspector.
- CAPÍTULO II
- Artículo 41. Infracciones en materia de juventud.
- Artículo 42. Sanciones.
- Disposición adicional primera. Plan Integral de Juventud.
- Disposición adicional segunda. Financiación del Consejo de la Juventud de Navarra.
- Disposición adicional tercera. Procesos de consulta y de diálogo estructurado.
- Disposición transitoria única. Normativa reglamentaria de aplicación.
- Disposición derogatoria única. Disposiciones que se derogan.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


