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Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Derogada o sin vigencia Jefatura del Estado · Publicada el 6 de marzo de 2012 · Último cambio el 6 de marzo de 2012 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 06/03/2012
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Concepto.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 3. Mediación en conflictos transfronterizos.
  7. Artículo 4. Efectos de la mediación sobre los plazos de prescripción y caducidad.
  8. Artículo 5. Las instituciones de mediación.
  9. TÍTULO II
  10. Artículo 6. Voluntariedad y libre disposición.
  11. Artículo 7. Igualdad de las partes e imparcialidad de los mediadores.
  12. Artículo 8. Neutralidad.
  13. Artículo 9. Confidencialidad.
  14. Artículo 10. Las partes en la mediación.
  15. TÍTULO III
  16. Artículo 11. Condiciones para ejercer de mediador.
  17. Artículo 12. Calidad y autorregulación de la mediación.
  18. Artículo 13. Actuación del mediador.
  19. Artículo 14. Responsabilidad de los mediadores y de las instituciones de mediación.
  20. Artículo 15. Coste de la mediación.
  21. TÍTULO IV
  22. Artículo 16. Solicitud de inicio.
  23. Artículo 17. Información y sesiones informativas.
  24. Artículo 18. Pluralidad de mediadores.
  25. Artículo 19. Sesión constitutiva.
  26. Artículo 20. Duración del procedimiento.
  27. Artículo 21. Desarrollo de las actuaciones de mediación.
  28. Artículo 22. Terminación del procedimiento.
  29. Artículo 23. El acuerdo de mediación.
  30. Artículo 24. Actuaciones desarrolladas por medios electrónicos.
  31. TÍTULO V
  32. Artículo 25. Formalización del título ejecutivo.
  33. Artículo 26. Tribunal competente para la ejecución de los acuerdos de mediación.
  34. Artículo 27. Ejecución de los acuerdos de mediación transfronterizos.
  35. Artículo 28. Denegación de ejecución de los acuerdos de mediación.
  36. Disposición adicional primera. Reconocimiento de instituciones o servicios de mediación.
  37. Disposición adicional segunda. Impulso a la mediación.
  38. Disposición adicional tercera. Escrituras públicas de formalización de acuerdos de mediación.
  39. Disposición final primera. Modificación de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
  40. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  41. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
  42. Disposición final cuarta. Procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos para reclamaciones de cantidad.
  43. Disposición final quinta. Desarrollo reglamentario del control del cumplimiento de los requisitos de la mediación exigidos en el real decreto-ley.
  44. Disposición final sexta. Título competencial.
  45. Disposición final séptima. Incorporación de normas de la Unión Europea.
  46. Disposición final octava. Entrada en vigor.
  47. Firma