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Ley 8/2012, de 21 de diciembre, de Transporte de Personas por Cable.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 19 de enero de 2013 · Último cambio el 28 de diciembre de 2012 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Objetivos.
- Artículo 4. Competencias administrativas.
- Artículo 5. Adecuación a la legislación sectorial.
- Artículo 6. Seguridad de las instalaciones y de los usuarios.
- Artículo 7. Zona de influencia.
- Artículo 8. Derechos de los usuarios.
- Artículo 9. Obligaciones de los usuarios.
- Artículo 10. Clasificación de las instalaciones.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 11. Inicio del procedimiento.
- Artículo 12. Proyecto.
- Artículo 13. Información pública.
- Artículo 14. Aprobación del proyecto y declaración de utilidad pública.
- Artículo 15. Construcción y explotación.
- Artículo 16. Condiciones de los contratos.
- Artículo 17. Vigencia de los contratos.
- Artículo 18. Causas de extinción de los contratos.
- Artículo 19. Causas de resolución.
- Artículo 20. Efectos de la resolución.
- Sección 2
- Artículo 21. Procedimiento y documentación.
- Artículo 22. Información pública.
- Artículo 23. Aprobación del proyecto.
- Artículo 24. Autorización administrativa de explotación.
- Artículo 25. Condiciones de la autorización.
- Artículo 26. Modificación y transmisión de las instalaciones.
- Sección 3
- Artículo 27. Régimen jurídico.
- CAPÍTULO III
- Artículo 28. Régimen de inspección.
- Artículo 29. Documentación de control.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 30. Definición y clasificación de las infracciones.
- Artículo 31. Infracciones muy graves.
- Artículo 32. Infracciones graves.
- Artículo 33. Infracciones leves.
- Artículo 34. Responsabilidad.
- Artículo 35. Medidas cautelares.
- Artículo 36. Sanciones.
- Artículo 37. Plazo de prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 38. Órganos competentes.
- Artículo 39. Procedimiento sancionador.
- Disposición adicional única. Titularidad de las instalaciones preexistentes.
- Disposición transitoria primera. Régimen de las concesiones preexistentes.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley.
- Disposición derogatoria única. Régimen derogatorio.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


