LexTotal

Legislación › Real Decreto-ley

Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 13 de julio de 2013 · Último cambio el 27 de diciembre de 2013 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo 1. Modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
  3. Artículo 2. Modificación de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
  4. Artículo 3. Retribución de la actividad distribución y de transporte de energía eléctrica desde el 1 de enero de 2013 hasta la entrada en vigor del presente real decreto-ley.
  5. Artículo 4. Método de retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.
  6. Artículo 5. Método de retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.
  7. Artículo 6. Tasa de retribución durante la vigencia de los métodos retributivos de las actividades de red previstos en este real decreto-ley.
  8. Artículo 7. Incentivo a la inversión.
  9. Artículo 8. Reparto del coste del bono social.
  10. Artículo 9. Revisión de precios de los peajes de acceso de energía eléctrica.
  11. Disposición adicional primera. Rentabilidad razonable de las instalaciones de producción con derecho a régimen económico primado.
  12. Disposición adicional segunda. Carácter urgente de los informes.
  13. Disposición adicional tercera. Competencia para conocer de la toma de participaciones en el sector energético.
  14. Disposición adicional cuarta. Financiación del extracoste de generación en los territorios insulares y extrapeninsulares. 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
  15. Disposición adicional quinta. Referencias a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  16. Disposición transitoria primera. Caracterización y reparto del coste del bono social.
  17. Disposición transitoria segunda. Liquidación a cuenta de retribución durante el segundo periodo retributivo de 2013 para las actividades de transporte y distribución.
  18. Disposición transitoria tercera. Aplicación transitoria del artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial y del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, de ret 2 redacciones · cambió el 27/12/2013
  19. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  20. Disposición final primera. Título competencial.
  21. Disposición final segunda. Nuevo régimen jurídico y económico de la actividad de producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos con régimen económico primado.
  22. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 325/2008, de 29 de febrero, por el que se establece la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica para instalaciones puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2008.
  23. Disposición final cuarta. Revisión de precios de los peajes de acceso de energía eléctrica.
  24. Disposición final quinta. Modificación de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
  25. Disposición final sexta. Modificación de la Ley 3/2013, de 3 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  26. Disposición final séptima. No incremento de gasto.
  27. Disposición final octava. Modificación de disposiciones reglamentarias.
  28. Disposición final novena. Habilitación normativa y desarrollo reglamentario.
  29. Disposición final décima. Entrada en vigor.
  30. [firma]
  31. ANEXO I
  32. ANEXO II
  33. ANEXO III
  34. ANEXO IV