LexTotal

Legislación › Ley

Ley 3/2014, de 17 de junio, del sistema de financiación definitivo de los Consejos Insulares.

En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 16 de julio de 2014 · Último cambio el 13 de junio de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Elementos generales del sistema.
  5. Artículo 3. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 13/06/2026
  6. Artículo 4. Normas sobre los pagos.
  7. Artículo 5. Masa de financiación en el año base y garantía de mínimos.
  8. Artículo 6. Consejo Financiero Interinsular.
  9. CAPÍTULO II
  10. Sección 1
  11. Artículo 7. Masa homogénea de financiación en el año base 2012.
  12. Artículo 8. Necesidades homogéneas de financiación en el año base 2012.
  13. Artículo 9. Fondo interinsular de financiación de servicios.
  14. Artículo 10. Fondo de compensación interinsular.
  15. Artículo 11. Reglas de actualización del sistema.
  16. Sección 2
  17. Artículo 12. Fondo de convergencia.
  18. CAPÍTULO III
  19. Artículo 13. Masa no homogénea de financiación en el año base 2012.
  20. Artículo 14. Actualización de las dotaciones.
  21. CAPÍTULO IV
  22. Artículo 15. Financiación adicional por asunción de nuevas competencias. 2 redacciones · cambió el 30/12/2014
  23. Disposición adicional primera. Dotación extraordinaria del fondo de convergencia para el año 2014.
  24. Disposición adicional segunda. Imputación presupuestaria de los anticipos a cuenta del nuevo sistema de financiación.
  25. Disposición adicional tercera. Financiación adicional del Centro de Formación del Llatzeret de Maó.
  26. Disposición transitoria única. Efectos del nuevo sistema de financiación sobre determinados convenios.
  27. Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.
  28. Disposición final primera. Normas de desarrollo.
  29. Disposición final segunda. Deslegalización. 2 redacciones · cambió el 30/12/2014
  30. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  31. [firma]
  32. ANEXO 1
  33. ANEXO 2