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Orden FOM/1687/2015, de 30 de julio, por la que se establecen disposiciones complementarias sobre las marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves civiles.
En vigor Ministerio de Fomento · Publicada el 10 de agosto de 2015 · Último cambio el 5 de enero de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- co
- Preámbulo
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 05/01/2023
- Artículo 3. Clasificación de las aeronaves. 2 redacciones · cambió el 05/01/2023
- Artículo 4. Colocación, dimensiones y tipo de caracteres de las marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves civiles.
- Artículo 5. Placa de identificación. 2 redacciones · cambió el 05/01/2023
- Artículo 6. Aeronaves no tripuladas, históricas o destinadas a acrobacias. 2 redacciones · cambió el 05/01/2023
- Disposición transitoria única. Normas transitorias.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Circular aeronáutica.
- Disposición final tercera. Facultades de ejecución.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


