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Ley 6/2017, de 8 de mayo, de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 26 de mayo de 2017 · Último cambio el 12 de mayo de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Fines.
  5. Artículo 3. Principios.
  6. Artículo 4. Ámbito de aplicación.
  7. Artículo 5. Excepciones.
  8. Artículo 6. Definiciones.
  9. Artículo 7. Información y participación ciudadana.
  10. Artículo 8. Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  11. TÍTULO I
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 9. Régimen de intervención administrativa.
  14. Artículo 10. Relación con otros instrumentos de intervención administrativa.
  15. Artículo 11. Competencias y órgano ambiental.
  16. Artículo 12. Informes municipales.
  17. Artículo 13. Modificaciones en instalaciones, actividades y cambios de titularidad.
  18. Artículo 14. Responsabilidad medioambiental.
  19. Artículo 15. Capacidad técnica y responsabilidad del autor de los estudios y documentos ambientales.
  20. CAPÍTULO II
  21. Sección 1
  22. Artículo 16. Régimen jurídico y procedimiento.
  23. Sección 2
  24. Artículo 17. Régimen jurídico y procedimiento.
  25. Sección 3
  26. Artículo 18. Resolución de discrepancias.
  27. CAPÍTULO III
  28. Artículo 19. Régimen jurídico y procedimiento.
  29. CAPÍTULO IV
  30. Artículo 20. Concepto, objeto y finalidad.
  31. Artículo 21. Procedimiento.
  32. Artículo 22. Cese de la actividad y caducidad de la licencia ambiental.
  33. CAPÍTULO V
  34. Artículo 23. Ámbito de aplicación, requisitos y efectos.
  35. Artículo 24. Cese de la actividad.
  36. TÍTULO II
  37. CAPÍTULO I
  38. Artículo 25. Planes ambientales.
  39. Artículo 26. Programas ambientales.
  40. Artículo 27. Integración.
  41. CAPÍTULO II
  42. Artículo 28. Objeto.
  43. Artículo 29. Entidades de acreditación de verificadores ambientales.
  44. Artículo 30. Requisitos para los verificadores ambientales.
  45. Artículo 31. Registro de centros sometidos al sistema de gestión y auditorías ambientales.
  46. Artículo 32. Promoción de sistemas de gestión ambiental y auditorías ambientales.
  47. CAPÍTULO III
  48. Artículo 33. Fomento.
  49. Artículo 34. Objeto.
  50. Artículo 35. Funciones del organismo competente.
  51. Artículo 36. Gastos y cuotas.
  52. Artículo 37. Otros distintivos.
  53. CAPÍTULO IV
  54. Artículo 38. Instrumentos fiscales e incentivos.
  55. Artículo 39. Garantías financieras.
  56. Artículo 40. Fianza.
  57. Artículo 41. Cánones.
  58. Artículo 42. Fondo de Conservación Ambiental.
  59. TÍTULO III
  60. CAPÍTULO I
  61. Artículo 43. Labor de inspección, control y vigilancia. Competencias.
  62. Artículo 44. Inspección ambiental.
  63. Artículo 45. Acta de inspección.
  64. Artículo 46. Suspensión de actividades.
  65. CAPÍTULO II
  66. Artículo 47. Infracciones.
  67. Sección 1
  68. Artículo 48. Normas generales.
  69. Sección 2
  70. Artículo 49. Infracciones en materia de licencia ambiental.
  71. Artículo 50. Infracciones en materia de declaración responsable de apertura.
  72. Artículo 51. Responsabilidades.
  73. Artículo 52. Prescripción de las infracciones.
  74. Artículo 53. Sanciones.
  75. Artículo 54. Prescripción de las sanciones.
  76. Artículo 55. Graduación de las sanciones y reparación e indemnización de daños y perjuicios.
  77. Artículo 56. Concurrencia de sanciones.
  78. Artículo 57. Medidas provisionales.
  79. Artículo 58. Procedimiento sancionador.
  80. Artículo 59. Competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora.
  81. CAPÍTULO III
  82. Artículo 60. Multas coercitivas.
  83. Artículo 61. Ejecución subsidiaria y vía de apremio.
  84. Disposición adicional única. Acuerdos voluntarios.
  85. Disposición transitoria primera. Caducidad de las licencias ambientales vigentes.
  86. Disposición transitoria segunda. Anexo V del Decreto 62/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo del Título I, «Intervención Administrativa», de la Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente de La Rioja.
  87. Disposición transitoria tercera. Evaluación ambiental estratégica del planeamiento urbanístico e instrumentos de ordenación del territorio de La Rioja.
  88. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  89. Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.
  90. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  91. [firma]