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Real Decreto 95/2019, de 1 de marzo, por el que se establecen las condiciones de contratación en el sector lácteo y se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y de las organizaciones interprofesionales en el sector, y por el que se modifican varios reales decretos de aplicación al sector lácteo.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 2 de marzo de 2019 · Último cambio el 13 de marzo de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto. 2 redacciones · cambió el 13/03/2026
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Obligatoriedad de suscripción de contratos y ofertas de contrato en el sector lácteo. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 4. Requisitos mínimos de la oferta de contrato. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 5. Requisitos del contrato. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 6. Formalización, subrogación, renegociación y rescisión del contrato. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 7. Modificaciones de los contratos suscritos. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 8. Excepción para las cooperativas. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 9. Limitaciones a la comercialización de leche.
- Artículo 10. Deber de información sobre contratación en el sector lácteo.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Requisitos mínimos de las organizaciones para el reconocimiento.
- Artículo 12. Funciones de las organizaciones.
- Artículo 13. Estatutos de las organizaciones.
- Artículo 14. Periodo mínimo de adhesión.
- Artículo 15. Reconocimiento de las organizaciones.
- Artículo 16. Producción comercializable.
- Artículo 17. Asociaciones de organizaciones de productores de leche.
- Artículo 18. Externalización de actividades.
- Artículo 19. Acuerdos, decisiones y prácticas concertadas de las organizaciones y asociaciones de productores de leche.
- Artículo 20. Registro nacional de organizaciones y asociaciones de organizaciones de productores de leche.
- Artículo 21. Deber de información sobre las organizaciones de productores.
- Artículo 22. Retirada del reconocimiento.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 23. Negociaciones contractuales por parte de las organizaciones y asociaciones. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 24. El mandato de negociación.
- Artículo 25. Limitaciones a las negociaciones contractuales por parte de las organizaciones y asociaciones. 2 redacciones · cambió el 18/05/2022
- Artículo 26. Sistema de mediación.
- CAPÍTULO V
- Artículo 27. Funciones de la Organización Interprofesional Láctea.
- Artículo 28. Acuerdos, decisiones y prácticas concertadas en el sector lácteo.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 29. Medidas para la regulación de la oferta. 2 redacciones · cambió el 13/03/2026
- Artículo 30. Presentación de la solicitud para la adopción de medidas. 2 redacciones · cambió el 13/03/2026
- Artículo 31. Resolución de la solicitud. 2 redacciones · cambió el 13/03/2026
- Artículo 32. Normas para la regulación de la oferta. 2 redacciones · cambió el 13/03/2026
- CAPÍTULO VII
- Artículo 33. Control oficial.
- Artículo 34. Régimen sancionador. 2 redacciones · cambió el 24/12/2022
- Artículo 35. Colaboración entre Administraciones Públicas.
- Artículo 36. Obligación de conservación de documentos.
- Disposición adicional primera. Excepciones.
- Disposición adicional segunda. Organización Interprofesional Láctea.
- Disposición transitoria primera. Organizaciones y asociaciones reconocidas.
- Disposición transitoria segunda. Contratos en vigor.
- Disposición transitoria tercera. PROLAC.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1728/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo y se modifica el Real Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Facultad de desarrollo y modificación.
- Disposición final sexta. Gastos de funcionamiento.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO I bis
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V


