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Ley 5/2019, de 20 de febrero, de Renta Extremeña Garantizada.

En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 12 de marzo de 2019 · Último cambio el 29 de noviembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Contenido del derecho.
  5. Artículo 3. Concepto.
  6. Artículo 4. Naturaleza.
  7. TÍTULO I
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 5. Titulares del derecho.
  10. Artículo 6. Unidad de convivencia.
  11. Artículo 7. Capacidad económica que da acceso.
  12. Artículo 8. Compatibilidad y cómputo de rentas.
  13. Artículo 9. Obligaciones de las personas beneficiarias.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 10. Cuantía de la prestación.
  16. Artículo 11. Periodo de percepción.
  17. Artículo 12. Reconocimiento y abono de la prestación. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
  18. Artículo 13. Modificación de la cuantía de la Renta Extremeña Garantizada.
  19. Artículo 14. Suspensión del derecho a la Renta Extremeña Garantizada.
  20. Artículo 15. Extinción del derecho.
  21. Artículo 16. Subrogación en el derecho a la percepción de la Renta Extremeña Garantizada.
  22. CAPÍTULO III
  23. Artículo 17. Iniciación e instrucción.
  24. Artículo 18. Resolución.
  25. Artículo 19. Recursos.
  26. CAPÍTULO IV
  27. Artículo 20. Infracciones.
  28. Artículo 21. Responsabilidad de la infracción.
  29. Artículo 22. Prescripción de las infracciones.
  30. Artículo 23. Infracciones leves.
  31. Artículo 24. Infracciones graves.
  32. Artículo 25. Infracciones muy graves.
  33. Artículo 26. Sanciones.
  34. Artículo 27. Procedimiento sancionador.
  35. Artículo 28. Órganos competentes en el procedimiento sancionador.
  36. TÍTULO II
  37. Artículo 29. Del derecho a la inclusión.
  38. Artículo 30. Del Programa de Acompañamiento para la Inclusión.
  39. Artículo 31. Del derecho a la inclusión social de las personas beneficiarias de la Renta Extremeña Garantizada. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
  40. Disposición adicional primera. Carácter de crédito ampliable y de desarrollo reglamentario de la ley.
  41. Disposición adicional segunda. Aportación en la prestación farmacéutica ambulatoria.
  42. Disposición adicional tercera. Modificación del artículo 12 de la Ley 7/2016, de 21 de julio, de Medidas Extraordinarias Contra la Exclusión Social.
  43. Disposición adicional cuarta. Comparecencia ante la Asamblea de Extremadura y Memoria anual.
  44. Disposición adicional quinta. Comisión de Seguimiento.
  45. Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
  46. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  47. Disposición final primera. Aplicación supletoria.
  48. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
  49. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  50. [firma]