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Ley 5/2019, de 20 de febrero, de Renta Extremeña Garantizada.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 12 de marzo de 2019 · Último cambio el 29 de noviembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Contenido del derecho.
- Artículo 3. Concepto.
- Artículo 4. Naturaleza.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Titulares del derecho.
- Artículo 6. Unidad de convivencia.
- Artículo 7. Capacidad económica que da acceso.
- Artículo 8. Compatibilidad y cómputo de rentas.
- Artículo 9. Obligaciones de las personas beneficiarias.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Cuantía de la prestación.
- Artículo 11. Periodo de percepción.
- Artículo 12. Reconocimiento y abono de la prestación. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 13. Modificación de la cuantía de la Renta Extremeña Garantizada.
- Artículo 14. Suspensión del derecho a la Renta Extremeña Garantizada.
- Artículo 15. Extinción del derecho.
- Artículo 16. Subrogación en el derecho a la percepción de la Renta Extremeña Garantizada.
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Iniciación e instrucción.
- Artículo 18. Resolución.
- Artículo 19. Recursos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 20. Infracciones.
- Artículo 21. Responsabilidad de la infracción.
- Artículo 22. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 23. Infracciones leves.
- Artículo 24. Infracciones graves.
- Artículo 25. Infracciones muy graves.
- Artículo 26. Sanciones.
- Artículo 27. Procedimiento sancionador.
- Artículo 28. Órganos competentes en el procedimiento sancionador.
- TÍTULO II
- Artículo 29. Del derecho a la inclusión.
- Artículo 30. Del Programa de Acompañamiento para la Inclusión.
- Artículo 31. Del derecho a la inclusión social de las personas beneficiarias de la Renta Extremeña Garantizada. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Disposición adicional primera. Carácter de crédito ampliable y de desarrollo reglamentario de la ley.
- Disposición adicional segunda. Aportación en la prestación farmacéutica ambulatoria.
- Disposición adicional tercera. Modificación del artículo 12 de la Ley 7/2016, de 21 de julio, de Medidas Extraordinarias Contra la Exclusión Social.
- Disposición adicional cuarta. Comparecencia ante la Asamblea de Extremadura y Memoria anual.
- Disposición adicional quinta. Comisión de Seguimiento.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Aplicación supletoria.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


