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Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi.
En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 16 de enero de 2020 · Último cambio el 14 de enero de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Concepto.
- Artículo 2. Denominación.
- Artículo 3. Domicilio social.
- Artículo 4. Capital social mínimo.
- Artículo 5. Operaciones con terceras personas no socias.
- Artículo 6. Secciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. La asamblea constituyente.
- Artículo 8. La cooperativa en constitución.
- Artículo 9. Calificación previa del proyecto de estatutos.
- Artículo 10. Cooperativa irregular.
- Artículo 11. Constitución.
- Artículo 12. Escritura de constitución.
- Artículo 13. Contenido mínimo de los estatutos.
- Artículo 14. Nulidad de la cooperativa.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Organización.
- Artículo 16. Eficacia del registro.
- Artículo 17. Funciones.
- Artículo 18. Normas supletorias.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 19. Personas que pueden ser socios o socias.
- Artículo 20. Admisión.
- Artículo 21. Personas socias de trabajo.
- Artículo 22. Obligaciones de las personas socias.
- Artículo 23. Derechos de las personas socias.
- Artículo 24. Derecho de información.
- Artículo 25. Límites y garantías del derecho de información.
- Artículo 26. Baja voluntaria.
- Artículo 27. Baja obligatoria.
- Artículo 28. Expulsión.
- Artículo 29. Normas de disciplina social.
- Artículo 30. Suspensión o baja obligatoria de la persona socia trabajadora o de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor.
- Artículo 31. Personas socias inactivas o no usuarias y personas socias en excedencia.
- CAPÍTULO V
- Artículo 32. Clases de órganos. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 32 bis. Planes de igualdad cooperativos.
- Sección 1
- Artículo 33. La asamblea general. Concepto y competencias.
- Artículo 34. Clases de asambleas generales.
- Artículo 35. Convocatoria.
- Artículo 36. Funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 20/10/2021
- Artículo 37. Derecho de voto.
- Artículo 38. Régimen de mayorías.
- Artículo 39. Acta de asamblea general.
- Artículo 40. Asamblea de delegadas y delegados.
- Artículo 41. Impugnación de acuerdos de la asamblea general.
- Sección 2
- Artículo 42. Las personas administradoras. Naturaleza y competencias.
- Artículo 43. Elección de las personas administradoras.
- Artículo 44. Incapacidad y prohibiciones.
- Artículo 45. Remuneración.
- Artículo 46. Duración y cese.
- Artículo 47. Composición y renovación del consejo rector.
- Artículo 48. Funcionamiento del consejo rector. 2 redacciones · cambió el 20/10/2021
- Artículo 49. Deberes de las personas administradoras.
- Artículo 50. Responsabilidad de las personas administradoras.
- Artículo 51. Acciones de responsabilidad contra las personas administradoras.
- Artículo 52. Impugnación de acuerdos de las personas administradoras.
- Sección 3
- Artículo 53. Composición, mandato y nombramiento.
- Artículo 54. Facultades de información.
- Artículo 55. Ámbito de actuación.
- Artículo 56. Competencias y funcionamiento.
- Sección 4
- Artículo 57. El consejo social. Naturaleza y funciones.
- Artículo 58. Comité de recursos. Composición y funciones.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 59. Responsabilidad.
- Artículo 60. Capital social.
- Artículo 61. Aportaciones obligatorias al capital social.
- Artículo 62. Aportaciones voluntarias al capital social.
- Artículo 63. Interés de las aportaciones.
- Artículo 64. Actualización de las aportaciones.
- Artículo 65. Transmisión de las aportaciones.
- Artículo 66. Reembolso de las aportaciones.
- Artículo 67. Participaciones especiales.
- Artículo 68. Otras financiaciones.
- Artículo 69. Determinación de excedentes netos.
- Artículo 70. Distribución de excedentes.
- Artículo 71. Fondo de Reserva Obligatorio.
- Artículo 72. Contribución para la educación y promoción cooperativa y otros fines de interés público. 2 redacciones · cambió el 14/01/2025
- Artículo 73. Imputación de pérdidas.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 74. Documentación social.
- Artículo 75. Contabilidad.
- Artículo 76. Auditoría de cuentas.
- Artículo 77. Letrado o letrada asesora.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 78. Modificación de estatutos.
- Artículo 79. Cambio de domicilio social.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 80. Modalidades y efectos de la fusión.
- Artículo 81. Proyecto de fusión.
- Artículo 82. Información sobre la fusión.
- Artículo 83. El acuerdo de fusión.
- Artículo 84. Derecho de separación de la persona socia.
- Artículo 85. Derecho de oposición de los acreedores.
- Artículo 86. Escritura e inscripción de la fusión.
- Artículo 87. Fusiones especiales.
- Artículo 88. Escisión de la cooperativa.
- CAPÍTULO X
- Artículo 89. Transformación de cooperativas.
- Artículo 90. Transformación en cooperativas.
- CAPÍTULO XI
- Artículo 91. Causas de disolución.
- Artículo 92. Eficacia de las causas de disolución.
- Artículo 93. Proceso de liquidación.
- Artículo 94. Nombramiento de liquidadoras o liquidadores.
- Artículo 95. Transmisión de funciones.
- Artículo 96. Funciones de las liquidadoras o liquidadores.
- Artículo 97. Intervención de la liquidación.
- Artículo 98. Adjudicación del haber social.
- Artículo 99. Balance final.
- Artículo 100. Cancelación registral.
- Artículo 101. Concurso de la cooperativa.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 102. Clasificación y normativa aplicable.
- Sección 2
- Artículo 103. Objeto y normas generales.
- Artículo 104. Periodo de prueba.
- Artículo 105. Régimen de trabajo.
- Artículo 106. Régimen disciplinario.
- Artículo 107. Cuestiones contenciosas.
- Sección 3
- Artículo 108. Objeto y función social.
- Sección 4
- Artículo 109. Objeto y modalidades.
- Artículo 110. Especialidades de las cooperativas de enseñanza integrales.
- Artículo 111. Socias o socios de naturaleza o de utilidad pública.
- Sección 5
- Artículo 112. Objeto y actividades.
- Artículo 113. Operaciones con terceras personas no socias.
- Sección 6
- Artículo 114. Objeto y ámbito.
- Artículo 115. Régimen de las personas socias.
- Artículo 116. Estructura económica.
- Sección 7
- Artículo 117. Objeto, operaciones y ámbito.
- Artículo 118. Régimen de adjudicación o cesión.
- Artículo 119. Régimen de las personas socias.
- Artículo 120. Consejo rector.
- Artículo 121. Obligación de auditar las cuentas y de disponer de letrado o letrada asesora.
- Artículo 122. Promoción de viviendas de protección pública y transmisión de derechos.
- Sección 8
- Artículo 123. Cooperativas de crédito.
- Artículo 124. Cooperativas de seguros. 2 redacciones · cambió el 20/10/2021
- Sección 9
- Artículo 125. Cooperativas de asistencia sanitaria. 2 redacciones · cambió el 20/10/2021
- Artículo 126. Cooperativas de instalaciones sanitarias.
- Sección 10
- Artículo 127. Cooperativas de servicios profesionales.
- Artículo 128. Cooperativas de servicios empresariales.
- Artículo 129. Cooperativas de transportes.
- Artículo 130. Cooperativas de servicios institucionales.
- Artículo 131. Normas complementarias.
- Sección 11
- Artículo 132. Junior cooperativas.
- Sección 12
- Artículo 133. Cooperativas de integración social.
- Artículo 134. Régimen de las personas socias.
- Sección 13
- Artículo 135. Cooperativas de fomento empresarial.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 136. Concepto.
- Artículo 137. Constitución.
- Sección 2
- Artículo 138. Límites a la contratación de personas trabajadoras por cuenta ajena y de personas socias trabajadoras o socias de trabajo de duración determinada.
- Artículo 139. Delimitación de las aportaciones obligatorias iniciales.
- Sección 3
- Artículo 140. Órganos sociales.
- Sección 4
- Artículo 141. Deducciones de las aportaciones al capital.
- Sección 5
- Artículo 142. Adaptación de estatutos sociales.
- Artículo 143. Supuestos de disolución.
- Sección 6
- Artículo 144. Documentación a depositar junto con las cuentas anuales.
- Artículo 145. Auditoría de cuentas.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 146. Objeto y características.
- Artículo 147. Capacidad, ingreso y baja de personas socias.
- Artículo 148. Régimen económico.
- Artículo 149. Estructura orgánica y derecho de voto.
- Artículo 150. Liquidación.
- Artículo 151. Normativa supletoria.
- Sección 2
- Artículo 152. Agrupaciones empresariales.
- Artículo 153. Acuerdos intercooperativos.
- Artículo 154. Grupos cooperativos.
- Artículo 155. Cooperativas mixtas.
- TÍTULO III
- Artículo 156. Interés social, utilidad pública e iniciativa social.
- Artículo 157. Medidas de fomento y difusión del cooperativismo.
- Artículo 158. Inspección cooperativa.
- Artículo 159. Infracciones cooperativas.
- Artículo 160. Sanciones cooperativas.
- Artículo 161. Descalificación de la cooperativa.
- Artículo 162. Intervención temporal de las cooperativas.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 163. Principios generales.
- Artículo 164. Uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 165. Naturaleza, composición y funciones.
- Disposición adicional primera. Cómputo de plazos.
- Disposición adicional segunda. Cooperativas de transporte de trabajo asociado.
- Disposición adicional tercera. Especialidad en el supuesto de descalificación de una sociedad cooperativa pequeña.
- Disposición adicional cuarta. Programas anuales para el impulso, promoción y fomento del cooperativismo.
- Disposición adicional quinta. Igualdad de trato en materia de fomento y consolidación de empleo.
- Disposición adicional sexta. Utilización de las lenguas oficiales.
- Disposición adicional séptima. Previsión social voluntaria.
- Disposición adicional octava. Sociedades cooperativas pequeñas.
- Disposición adicional novena. 2 redacciones · cambió el 20/10/2021
- Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.
- Disposición transitoria segunda. Aplicación de los actuales estatutos. 2 redacciones · cambió el 20/10/2021
- Disposición transitoria tercera. Registro y depósito de los planes de igualdad cooperativos.
- Disposición derogatoria. Derogación de legislación precedente.
- Disposición final primera. Ámbito de aplicación.
- Disposición final segunda. Otras clases de cooperativas.
- Disposición final tercera. Modificación del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Euskadi.
- Disposición final cuarta. Aplicación y desarrollo de la Ley.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma


