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Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 6 de mayo de 2023 · Último cambio el 17 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Fines.
- Artículo 4. Objetivos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Mecanismo rural de garantía.
- Artículo 6. Sensibilización y atracción del medio rural.
- Artículo 7. Valor ambiental del medio rural.
- Artículo 8. Mujeres rurales.
- Artículo 9. Inmigración.
- Artículo 10. Cooperación institucional.
- Artículo 11. Participación social, cooperación y gobernanza.
- Artículo 12. Contratación.
- Artículo 13. Seguridad ciudadana.
- Artículo 14. Conectividad.
- Artículo 15. Empleo público, descentralización y desconcentración.
- Artículo 16. Acceso a equipamientos y servicios básicos en el medio rural.
- Artículo 17. Nueva economía de cuidados.
- Artículo 18. Protección civil.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Efectos de la clasificación.
- Artículo 20. Medio rural.
- Artículo 21. Instrumentos de valoración y clasificación.
- Artículo 22. Asentamientos de carácter rural.
- Artículo 23. Clasificación de los asentamientos de carácter rural.
- Artículo 24. Municipios de carácter rural.
- Artículo 25. Clasificación de los municipios de carácter rural.
- Artículo 26. Asentamientos y municipios de carácter rural ubicados en espacios metropolitanos.
- Artículo 27. Asentamientos deshabitados y permanentes aislados.
- CAPÍTULO II
- Artículo 28. Asentamientos de carácter rural a efectos fiscales.
- TÍTULO III
- Artículo 29. Instrumentos marco de referencia.
- Artículo 30. Otros instrumentos de planificación y programación del medio rural.
- Artículo 31. Disposiciones normativas y planificación sectorial de la Comunidad Autónoma con incidencia en el medio rural.
- Artículo 32. Directrices zonales y programas de gestión territorial.
- Artículo 33. Adaptación de la planificación y programación a la evolución del desarrollo territorial.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 34. Elaboración y contenido.
- CAPÍTULO II
- Artículo 35. Objetivos en relación con el fomento y promoción de la cultura emprendedora.
- Artículo 36. Actuaciones en el ámbito de la cultura emprendedora.
- Artículo 37. Territorio emprendedor de Aragón.
- Artículo 38. Responsabilidad social rural.
- CAPÍTULO III
- Artículo 39. Objetivos en relación con el fomento de la actividad económica y el empleo en el medio rural.
- Artículo 40. Actuaciones en el ámbito de la actividad económica y el empleo en el medio rural.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 41. Complementariedad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 42. Fomento de la economía social en el medio rural.
- Artículo 43. Economía verde y sostenible.
- Artículo 44. Agricultura y ganadería.
- Artículo 45. Sector forestal.
- Artículo 46. Agroindustria.
- Artículo 47. Turismo en el medio rural.
- Artículo 48. Espacios rurales de actividad económica y empresarial.
- Artículo 49. Internacionalización.
- Artículo 50. Declaración de interés autonómico.
- CAPÍTULO III
- Artículo 51. Urbanismo y vivienda.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 52. Garantía de accesibilidad a los servicios en el medio rural.
- Artículo 53. Disposiciones generales en materia de sanidad.
- Artículo 54. Modelo asistencial en el medio rural.
- Artículo 55. Atención comunitaria.
- Artículo 56. Organización y recursos humanos.
- Artículo 57. Disposiciones generales en materia de enseñanza.
- Artículo 58. Oferta educativa y formativa.
- Artículo 59. Estabilidad, acceso y permanencia.
- Artículo 60. Participación.
- Artículo 61. Innovación y difusión.
- Artículo 62. Fomento del deporte en el medio rural.
- Artículo 63. Proximidad de los servicios sociales.
- Artículo 64. Plan de establecimientos de servicios sociales.
- Artículo 65. Comercio, servicios de proximidad y multiservicios rurales.
- Artículo 66. Accesibilidad a servicios bancarios y otros servicios públicos.
- Artículo 67. Derechos culturales en el medio rural.
- Artículo 68. Promoción y dinamización cultural.
- Artículo 69. Seguridad ciudadana.
- Artículo 70. Sistema público de cuidados.
- CAPÍTULO V
- Artículo 71. Movilidad y transporte.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 72. Fomento de la conectividad rural.
- Artículo 73. Inclusión de infraestructuras de soporte para el despliegue de redes de comunicaciones electrónicas en los nuevos proyectos de las entidades locales de realización de obras públicas de tipología lineal.
- Artículo 74. Información sobre servicios digitales y uso polivalente de espacios.
- Artículo 75. Expedición de certificados electrónicos.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 76. Custodia del territorio.
- Artículo 77. Medidas en materia de patrimonio cultural.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 78. Medidas para favorecer la calidad de vida de las mujeres que viven en el medio rural.
- Artículo 79. Medidas de apoyo para el acceso de las mujeres al empleo.
- Artículo 80. Empoderamiento de las mujeres rurales.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 81. Medidas de apoyo a las familias.
- Artículo 82. Medidas de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y a la corresponsabilidad.
- CAPÍTULO X
- Artículo 83. Medidas de apoyo a la juventud.
- Artículo 84. Accesibilidad y planes de retorno.
- Artículo 85. Universidad.
- CAPÍTULO XI
- Artículo 86. Transversalidad.
- Artículo 87. Medidas de apoyo a la inclusión social en el medio rural.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 88. Gobernanza y coordinación.
- Artículo 89. La Comisión delegada del Gobierno para la política territorial.
- Artículo 90. El Observatorio de dinamización demográfica y poblacional.
- Artículo 91. Grupo técnico de dinamización económica y social para el medio rural.
- CAPÍTULO II
- Artículo 92. Agentes dinamizadores rurales.
- TÍTULO VII
- Artículo 93. Marco presupuestario.
- Artículo 94. Ley de presupuestos.
- Artículo 95. Ayudas y subvenciones públicas.
- Artículo 96. Financiación y apoyo para el trabajo autónomo y el emprendimiento en el medio rural.
- Artículo 97. Bonificaciones para el acceso a determinados servicios.
- TÍTULO VIII
- Artículo 98. Incentivos fiscales.
- Disposición adicional primera. Clasificación de las zonas rurales y criterios de adaptación.
- Disposición adicional segunda. Programa territorio emprendedor de Aragón.
- Disposición adicional tercera. Bonos de impacto rural.
- Disposición adicional cuarta. Plataforma en línea para la prestación de servicios de información y asesoramiento.
- Disposición adicional quinta. Programa de relevo generacional.
- Disposición adicional sexta. Plan de digitalización en el medio rural.
- Disposición adicional séptima. Academia rural digital.
- Disposición adicional octava. Laboratorios de innovación rural.
- Disposición adicional novena. Programa de gestión territorial de dinamización económica y social para el medio rural.
- Disposición adicional décima. Desarrollo del estudio de los polígonos industriales existentes en el medio rural aragonés.
- Disposición transitoria primera. Entidad local de carácter metropolitano.
- Disposición transitoria segunda. Revisión de directrices zonales y programas de gestión territorial vigentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


