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Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid.

En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 4 de julio de 2023 · Último cambio el 12 de abril de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Principios y valores.
  6. Artículo 4. Definiciones.
  7. TÍTULO I
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 5. La lectura.
  10. Artículo 6. Las bibliotecas públicas.
  11. Artículo 7. Las librerías.
  12. Artículo 8. Otros medios de lectura.
  13. CAPÍTULO II
  14. Artículo 9. Planes de actuación.
  15. Artículo 10. Medios de comunicación social y otras acciones de promoción y fomento.
  16. TÍTULO II
  17. Artículo 11. Sobre la cadena de valor del libro.
  18. Artículo 12. Análisis del sector del libro y los hábitos de lectura en la Comunidad de Madrid.
  19. Artículo 13. Renovación tecnológica y modernización del sector.
  20. Artículo 14. Acuerdos y convenios.
  21. Artículo 15. Acciones formativas.
  22. Artículo 16. Apoyo a la creación y a la promoción de los creadores.
  23. Artículo 17. Apoyo a la edición y promoción de la industria editorial.
  24. Artículo 18. La distribución.
  25. Artículo 19. La edición institucional.
  26. Artículo 20. Comercio del libro y apoyo a las librerías.
  27. Artículo 21. Distinciones de calidad.
  28. Artículo 22. De las asociaciones profesionales.
  29. TÍTULO III
  30. CAPÍTULO I
  31. Artículo 23. Funciones de la Comunidad de Madrid.
  32. Artículo 24. Composición.
  33. Artículo 25. Cooperación y colaboración.
  34. Artículo 26. Deber de información.
  35. CAPÍTULO II
  36. Artículo 27. Definición.
  37. Artículo 28. Composición.
  38. Artículo 29. Mapa de la Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid.
  39. Artículo 30. Estructura de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid.
  40. Artículo 31. Red Urbana Integrada de Bibliotecas Públicas de la ciudad de Madrid.
  41. Artículo 32. Redes metropolitanas de bibliotecas públicas.
  42. Artículo 33. De los servicios de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura.
  43. Artículo 34. De las instalaciones de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura.
  44. Artículo 35. De las colecciones en las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura.
  45. Artículo 36. De los profesionales de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura.
  46. Artículo 37. De los derechos y deberes de los usuarios de las bibliotecas públicas.
  47. CAPÍTULO III
  48. Artículo 38. Bibliotecas universitarias.
  49. Artículo 39. Bibliotecas escolares.
  50. Artículo 40. Bibliotecas especializadas.
  51. Artículo 41. La Biblioteca Regional de Madrid.
  52. TÍTULO IV
  53. CAPÍTULO I
  54. Artículo 42. Del patrimonio bibliográfico, audiovisual y digital.
  55. Artículo 43. Bienes integrantes del patrimonio bibliográfico y audiovisual madrileño.
  56. Artículo 44. Patrimonio digital madrileño.
  57. Artículo 45. Figuras de protección.
  58. CAPÍTULO II
  59. Artículo 46. Conservación del patrimonio bibliográfico y audiovisual de la Comunidad de Madrid.
  60. Artículo 47. Especiales medidas de preservación del patrimonio audiovisual y digital de la Comunidad de Madrid.
  61. Artículo 48. Colaboración ciudadana y acción pública.
  62. CAPÍTULO III
  63. Artículo 49. Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.
  64. Artículo 50. Mapa del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.
  65. CAPÍTULO IV
  66. Artículo 51. Medidas de fomento para la conservación y difusión.
  67. Artículo 52. Medidas de fomento a la formación.
  68. Artículo 53. Medidas para el fomento de la participación ciudadana y la creación de bibliotecas digitales.
  69. TÍTULO V
  70. Artículo 54. Creación.
  71. Artículo 55. Composición.
  72. Artículo 56. Funciones.
  73. Artículo 57. Funcionamiento.
  74. TÍTULO VI
  75. Artículo 58. Finalidad del Depósito Legal.
  76. Artículo 59. Constitución del depósito.
  77. Artículo 60. Inspección.
  78. TÍTULO VII
  79. Artículo 61. Régimen sancionador en materia del libro.
  80. Artículo 62. Régimen sancionador en materia de depósito legal.
  81. Disposición adicional única. Consejo Madrileño de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas.
  82. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  83. Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo.
  84. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  85. [firma]