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Real Decreto 712/2025, de 26 de agosto, de neumáticos al final de su vida útil.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 27 de agosto de 2025 · Último cambio el 27 de agosto de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 4. Instrumentos de planificación.
  7. Artículo 5. Objetivos de gestión.
  8. TÍTULO II
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 6. Sección de productores de neumáticos en el Registro de Productores de Productos.
  11. Artículo 7. Inscripción de los productores de neumáticos en el Registro de Productores de Productos.
  12. Artículo 8. Obligaciones de información en materia de neumáticos de reposición.
  13. CAPÍTULO II
  14. Sección 1
  15. Artículo 9. Obligaciones del productor de neumáticos.
  16. Artículo 10. Planes empresariales de prevención de residuos.
  17. Sección 2
  18. Artículo 11. Constitución, comunicación y funcionamiento de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor.
  19. Artículo 12. Constitución, autorización y funcionamiento de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
  20. Artículo 13. Obligaciones generales de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
  21. Artículo 14. Obligaciones adicionales de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
  22. Artículo 15. Alcance de la contribución financiera de los productores a la financiación de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
  23. Artículo 16. Garantías financieras de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de neumáticos.
  24. TÍTULO III
  25. Artículo 17. Obligaciones de los productores y poseedores de neumáticos al final de su vida útil.
  26. Artículo 18. Recogida excepcional de neumáticos al final de su vida útil en puntos limpios.
  27. Artículo 19. Obligaciones generales de los gestores de neumáticos al final de su vida útil.
  28. Artículo 20. Tratamiento de neumáticos al final de su vida útil.
  29. Artículo 21. Almacenamiento y traslado de neumáticos al final de su vida útil.
  30. TÍTULO IV
  31. Artículo 22. Información a las administraciones públicas.
  32. Artículo 23. Sistema unificado de información sectorial sobre neumáticos y la gestión de sus residuos.
  33. Artículo 24. Información a los consumidores, usuarios, público en general, organizaciones no gubernamentales y otros.
  34. TÍTULO V
  35. Artículo 25. Control, seguimiento y supervisión por las administraciones públicas.
  36. Artículo 26. Inspección y control.
  37. Artículo 27. Régimen sancionador.
  38. Disposición adicional única. Fomento del uso de neumáticos y materiales procedentes de operaciones de valorización de neumáticos al final de su vida útil.
  39. Disposición transitoria primera. Adaptación al nuevo régimen de responsabilidad ampliada del productor.
  40. Disposición transitoria segunda. Adaptación de los planes empresariales de prevención de residuos.
  41. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  42. Disposición final primera. Título competencial.
  43. Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  44. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  45. [firma]
  46. ANEXO I
  47. ANEXO II
  48. ANEXO III
  49. ANEXO IV