Legislación › Ley
Ley 7/2025, de 26 de diciembre, de la Generalitat, reguladora del acceso al entorno de las personas con discapacidad usuarias de perro de asistencia.
En vigor Comunitat Valenciana · Publicada el 17 de enero de 2026 · Último cambio el 29 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Clasificación de los perros de asistencia.
- Artículo 5. Atribución de competencias.
- Artículo 6. Entidades de adiestramiento.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Derecho de acceso al entorno.
- Artículo 8. Lugares y espacios públicos o de uso público a los que se extiende el derecho de acceso al entorno.
- Artículo 9. Ejercicio del derecho de acceso en los transportes públicos y privados.
- Artículo 10. Derecho de acceso de las personas usuarias al ámbito laboral.
- Artículo 11. Derecho de acceso a lugares y espacios privados de uso colectivo.
- Artículo 12. Limitaciones del derecho de acceso al entorno.
- Artículo 13. Derecho de acceso al entorno de las personas instructoras, adiestradoras y educadoras de cachorros de perros de asistencia.
- Artículo 14. Obligaciones de las personas usuarias, propietarias, adiestradoras y educadoras de perros de asistencia.
- Artículo 15. Responsabilidad de las personas usuarias.
- Artículo 16. Normas aplicables a los perros de asistencia jubilados.
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Reconocimiento de la condición de perro de asistencia.
- Artículo 18. Identificación de los perros de asistencia.
- Artículo 19. Condiciones higiénico-sanitarias de los perros de asistencia.
- Artículo 20. Suspensión de la condición de perro de asistencia.
- Artículo 21. Pérdida de la condición de perro de asistencia.
- Artículo 22. Efectos de las resoluciones de suspensión y de pérdida de la condición de perro de asistencia.
- Artículo 23. Reconocimiento de la condición de perro de asistencia jubilado.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 24. Infracciones.
- Artículo 25. Sujetos responsables.
- Artículo 26. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 27. Sanciones y graduación.
- Artículo 28. Procedimiento.
- Artículo 29. Órganos competentes.
- Artículo 30. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 31. Prescripción de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Registro de perros de asistencia.
- Disposición adicional segunda. Reconocimiento de perros de asistencia acreditados fuera de la Comunitat Valenciana.
- Disposición adicional tercera. Requisitos para la venta de perros de asistencia por parte de entidades de adiestramiento y establecimientos de venta de perros de asistencia.
- Disposición adicional cuarta. Campañas informativas y educativas.
- Disposición adicional quinta. Adaptación terminológica.
- Disposición adicional sexta. Elementos y material de manejo y control.
- Disposición adicional séptima. No incidencia presupuestaria.
- Disposición transitoria primera. Reconocimiento de perros guía existentes.
- Disposición transitoria segunda. Normas reglamentarias.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Extensión de derechos.
- Disposición final tercera. Actualización de las sanciones pecuniarias.
- Disposición final cuarta. Adaptación de las ordenanzas municipales.
- Disposición final quinta. Publicación y entrada en vigor.
- [firma]


