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Ley 5/1995, de 7 de abril, de condiciones de habitabilidad en edificios de viviendas y promoción de la accesibilidad general.

En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 2 de junio de 1995 · Último cambio el 29 de junio de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 29/06/2017
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. TÍTULO I
  7. Artículo 3. Definiciones.
  8. Artículo 4. Edificaciones existentes.
  9. Artículo 5. Reglas técnicas básicas exigibles a la construcción de edificios de vivienda.
  10. TÍTULO II
  11. CAPÍTULO I
  12. Artículo 6. Definiciones.
  13. Artículo 7. Publicidad.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 8. Planeamiento urbanístico.
  16. Artículo 9. Elementos de urbanización.
  17. Artículo 10. Mobiliario urbano.
  18. CAPÍTULO III
  19. Artículo 11. Accesibilidad a los edificios e instalaciones.
  20. Artículo 12. Accesibilidad en edificios, instalaciones y servicios de uso público.
  21. Artículo 13. Accesibilidad en edificios y locales de uso privado no residencial.
  22. Artículo 14. Accesibilidad en edificios de uso privado residencial.
  23. Artículo 15. Accesibilidad en viviendas: reservas para personas con limitaciones.
  24. CAPÍTULO VI
  25. Artículo 16. Transporte público urbano y suburbano.
  26. Artículo 17. Transporte público interurbano.
  27. CAPÍTULO V
  28. Artículo 18. Señalización y comunicación.
  29. TÍTULO III
  30. Artículo 19. Subvención de actuaciones.
  31. TÍTULO IV
  32. CAPÍTULO I
  33. Artículo 20. Medidas de control.
  34. CAPÍTULO II
  35. Artículo 21. Infracciones.
  36. Artículo 22. Infracciones graves.
  37. Artículo 23. Infracciones leves.
  38. Artículo 24. Responsabilidades.
  39. Artículo 25. Circunstancias modificativas de la responsabilidad y de graduación de las sanciones.
  40. Artículo 26. Suspensión de actuaciones ilegales.
  41. Artículo 27. Restablecimiento del orden infringido.
  42. Artículo 28. Graduación de las sanciones pecuniarias.
  43. Artículo 29. Órganos competentes para la imposición de sanciones.
  44. Artículo 30. Destino de las sanciones.
  45. Artículo 31. Prescripción.
  46. Artículo 32. Resarcimiento de daños y perjuicios.
  47. TÍTULO V
  48. Artículo 33. Órganos competentes en materia de habitabilidad y accesibilidad.
  49. Artículo 34. Comisión Regional para la Habitabilidad y Accesibilidad.
  50. TÍTULO VI
  51. Artículo 35. Peticiones, actos y acuerdos.
  52. Artículo 36. Acciones y recursos.
  53. Disposición transitoria primera.
  54. Disposición transitoria segunda.
  55. Disposición transitoria tercera.
  56. Disposición transitoria cuarta.
  57. Disposición adicional primera.
  58. Disposición adicional segunda.
  59. Disposición adicional tercera.
  60. Disposición adicional cuarta.
  61. Disposición derogatoria.
  62. [firma]