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Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado.

Derogada o sin vigencia Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 7 de agosto de 2001 · Último cambio el 14 de mayo de 2018 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 14/05/2018
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 3. Concepto de acción voluntaria organizada.
  7. Artículo 4. Principios básicos.
  8. Artículo 5. Áreas de actuación.
  9. Artículo 6. Funciones.
  10. TÍTULO II
  11. Artículo 7. Derecho a beneficiarse de la acción voluntaria.
  12. Artículo 8. Derecho a una acción voluntaria de calidad.
  13. Artículo 9. Derecho a sustituir a la persona voluntaria asignada o prescindir de la acción voluntaria.
  14. TÍTULO III
  15. Artículo 10. Concepto de persona voluntaria.
  16. Artículo 11. Derechos.
  17. Artículo 12. Deberes.
  18. TÍTULO IV
  19. Artículo 13. Requisitos legales de las entidades que desarrollen programas de acción voluntaria.
  20. Artículo 14. Derechos.
  21. Artículo 15. Deberes.
  22. Artículo 16. Compromiso de incorporación.
  23. TÍTULO V
  24. Artículo 17. Creación.
  25. TÍTULO VI
  26. Artículo 18. Funciones de las Administraciones Públicas.
  27. Artículo 19. Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía.
  28. Artículo 20. Competencias de las Entidades Locales.
  29. Artículo 21. Ayudas y subvenciones.
  30. Artículo 22. Programas de acción voluntaria.
  31. Artículo 23. Plan Andaluz del Voluntariado.
  32. TÍTULO VII
  33. Artículo 24. Derecho a la participación.
  34. Artículo 25. Órganos de participación del voluntariado.
  35. Disposición adicional primera. Voluntariado de protección civil.
  36. Disposición adicional segunda. Voluntariado en el extranjero.
  37. Disposición adicional tercera. Habilitación de créditos.
  38. Disposición transitoria primera. Período de adaptación.
  39. Disposición transitoria segunda. Registro de Entidades.
  40. Disposición derogatoria única.
  41. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
  42. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  43. [firma]