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Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 31 de diciembre de 2003 · Último cambio el 25 de marzo de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado.
  6. Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en los párrafos a) a d) del artículo 1 de esta ley.
  7. Artículo 3. De los beneficios fiscales.
  8. Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de esta ley.
  9. Artículo 5. De la cuenta de operaciones comerciales.
  10. Artículo 6. De los presupuestos de los entes referidos en los párrafos e), f), g) y h) del artículo 1 de esta ley.
  11. Artículo 7. Presupuesto del Banco de España.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 8. Principios generales.
  14. Artículo 9. Créditos vinculantes.
  15. Artículo 10. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias.
  16. Artículo 11. De las incorporaciones de crédito y limitaciones presupuestarias.
  17. CAPÍTULO III
  18. Artículo 12. De la Seguridad Social. 2 redacciones · cambió el 25/03/2014
  19. TÍTULO II
  20. CAPÍTULO I
  21. Artículo 13. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.
  22. Artículo 14. Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
  23. CAPÍTULO II
  24. Artículo 15. Competencias específicas en materia de transferencias de crédito en los Presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO).
  25. Artículo 16. Generaciones de créditos en los Presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.
  26. Artículo 17. Aplicación de remanentes de tesorería en el Presupuesto del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.
  27. CAPÍTULO III
  28. Artículo 18. Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  29. TÍTULO III
  30. CAPÍTULO I
  31. Artículo 19. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público.
  32. Artículo 20. Oferta de empleo público.
  33. CAPÍTULO II
  34. Artículo 21. Personal del sector público estatal sometido a régimen administrativo y estatutario.
  35. Artículo 22. Personal laboral del sector público estatal.
  36. Artículo 23. Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus órganos consultivos y de la Administración General del Estado.
  37. Artículo 24. Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas.
  38. Artículo 25. Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
  39. Artículo 26. Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas.
  40. Artículo 27. Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
  41. Artículo 28. Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía.
  42. Artículo 29. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal y del personal al servicio de la Administración de Justicia.
  43. Artículo 30. Retribuciones del personal de la Seguridad Social.
  44. CAPÍTULO III
  45. Artículo 31. Prohibición de ingresos atípicos.
  46. Artículo 32. Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación.
  47. Artículo 33. Otras normas comunes.
  48. Artículo 34. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario.
  49. Artículo 35. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.
  50. TÍTULO IV
  51. CAPÍTULO I
  52. Artículo 36. Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
  53. Artículo 37. Determinación inicial y cuantía de las pensiones especiales de guerra para el 2004.
  54. Artículo 38. Determinación inicial de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
  55. CAPÍTULO II
  56. Artículo 39. Limitación del señalamiento inicial de las pensiones públicas.
  57. CAPÍTULO III
  58. Artículo 40. Revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas para el 2004.
  59. Artículo 41. Pensiones no revalorizables durante el año 2004.
  60. Artículo 42. Limitación del importe de la revalorización para el año 2004 de las pensiones públicas.
  61. CAPÍTULO IV
  62. Artículo 43. Reconocimiento de complementos para mínimos en las pensiones de Clases Pasivas.
  63. Artículo 44. Reconocimiento de los complementos para las pensiones inferiores a la mínima en el sistema de la Seguridad Social e importes de dichas pensiones en el año 2004.
  64. CAPÍTULO V
  65. Artículo 45. Pensiones no concurrentes del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.
  66. TÍTULO V
  67. CAPÍTULO I
  68. Artículo 46. Deuda Pública.
  69. Artículo 47. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos públicos.
  70. Artículo 48. Información de la evolución de la Deuda del Estado al Ministerio de Economía y al Congreso de los Diputados y al Senado; y de las cuentas abiertas por el Tesoro en el Banco de España o en otras entidades financieras al Congreso de los Diputados y al Senado.
  71. CAPÍTULO II
  72. Artículo 49. Importe de los avales del Estado.
  73. Artículo 50. Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales.
  74. Artículo 51. Información sobre avales públicos otorgados.
  75. Artículo 52. Avales para garantizar valores de renta fija emitidos por Fondos de Titulización de Activos.
  76. CAPÍTULO III
  77. Artículo 53. Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial.
  78. Artículo 54. Información a las Cortes Generales en materia del Instituto de Crédito Oficial.
  79. Artículo 55. Fondo de Ayuda al Desarrollo.
  80. Artículo 56. Fondo para la concesión de microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior.
  81. TÍTULO VI
  82. CAPÍTULO I
  83. Sección 1
  84. Artículo 57. Coeficientes de actualización del valor de adquisición.
  85. Sección 2
  86. Artículo 58. Coeficiente de corrección monetaria.
  87. Artículo 59. Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
  88. Sección 3
  89. Artículo 60. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  90. CAPÍTULO II
  91. Sección única
  92. Artículo 61. Actualización de las tarifas por transmisión y rehabilitación de Grandezas y Títulos nobiliarios.
  93. CAPÍTULO III
  94. Artículo 62. Tasas.
  95. Artículo 63. Cuantificación de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
  96. TÍTULO VII
  97. CAPÍTULO I
  98. Seccion 1
  99. Artículo 64. Régimen jurídico y saldos deudores.
  100. Artículo 65. Pago de la liquidación definitiva.
  101. Sección 2
  102. Artículo 66. Cesión de rendimientos recaudatorios del IRPF: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
  103. Artículo 67. Cesión de la recaudación líquida por IVA: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
  104. Artículo 68. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre fabricación de alcoholes: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
  105. Artículo 69. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
  106. Sección 3
  107. Subsección 1
  108. Artículo 70. Determinación de las entregas a cuenta.
  109. Artículo 71. Liquidación definitiva.
  110. Subsección 2
  111. Artículo 72. Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio 2004.
  112. Artículo 73. Entregas a cuenta.
  113. Sección 4
  114. Artículo 74. Cesión de rendimientos recaudatorios del IRPF: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
  115. Artículo 75. Cesión de la recaudación líquida por IVA: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
  116. Artículo 76. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre fabricación de alcoholes: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
  117. Artículo 77. Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
  118. Sección 5
  119. Subsección 1
  120. Artículo 78. Determinación de las entregas a cuenta.
  121. Artículo 79. Liquidación definitiva.
  122. Subsección 2
  123. Artículo 80. Determinación de las entregas a cuenta.
  124. Artículo 81. Liquidación definitiva.
  125. Sección 6
  126. Artículo 82. Participación de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra en los tributos del Estado.
  127. Artículo 83. Participación de las entidades locales de las Islas Canarias en los tributos del Estado.
  128. Artículo 84. Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado.
  129. Sección 7
  130. Artículo 85. Subvenciones a las Entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano. 2 redacciones · cambió el 25/03/2014
  131. Artículo 86. Compensación a los ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales.
  132. Artículo 87. Otras subvenciones a las entidades locales.
  133. Artículo 88. Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los tributos locales.
  134. Sección 8
  135. Artículo 89. Normas de gestión presupuestaria de determinados créditos a favor de las Entidades locales.
  136. Artículo 90. Información a suministrar por las corporaciones locales. 2 redacciones · cambió el 25/03/2014
  137. Artículo 91. Retenciones a practicar a las Entidades locales en aplicación de la disposición adicional decimocuarta de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  138. CAPÍTULO II
  139. Artículo 92. Entregas a cuenta del Fondo de suficiencia.
  140. Artículo 93. Liquidación definitiva del Fondo de suficiencia del año 2002 de las comunidades autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
  141. Artículo 94. Aplicación de las garantías de financiación de los servicios de asistencia sanitaria en el año 2002.
  142. Artículo 95. Transferencias a comunidades autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados.
  143. Artículo 96. Fondos de Compensación Interterritorial.
  144. TÍTULO VIII
  145. Artículo 97. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2004.
  146. Artículo 98. Cotización a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2004.
  147. Disposición adicional primera. Seguimiento de objetivos.
  148. Disposición adicional segunda. Prestaciones económicas de la Seguridad Social por hijo a cargo.
  149. Disposición adicional tercera. Subsidios económicos de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, y pensiones asistenciales.
  150. Disposición adicional cuarta. Ayudas sociales a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).
  151. Disposición adicional quinta. Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones en el año 2004.
  152. Disposición adicional sexta. Interés legal del dinero.
  153. Disposición adicional séptima. Garantía del Estado para obras de interés cultural.
  154. Disposición adicional octava. Revalorización para el año 2004 de las prestaciones de Gran Invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
  155. Disposición adicional novena. Plantillas máximas de militares profesionales de Tropa y Marinería a alcanzar el 31 de diciembre del año 2004.
  156. Disposición adicional décima. Gestión directa por el INEM de créditos destinados a fomento del empleo.
  157. Disposición adicional undécima. Actividades prioritarias de mecenazgo.
  158. Disposición adicional duodécima. Pagos a cuenta a la Iglesia Católica en el año 2004.
  159. Disposición adicional decimotercera. Asignación de cantidades a fines sociales.
  160. Disposición adicional decimocuarta. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de la Asociación Española contra el Cáncer.
  161. Disposición adicional decimoquinta. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de la Cruz Roja Española.
  162. Disposición adicional decimosexta. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de los XV Juegos del Mediterráneo. Almería 2005.
  163. Disposición adicional decimoséptima. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de los «Xacobeo 2004».
  164. Disposición adicional decimoctava. Dotación de los fondos de fomento a la inversión española en el exterior.
  165. Disposición adicional decimonovena. Seguro de Crédito a la Exportación.
  166. Disposición adicional vigésima. Proyectos concertados de investigación de los programas nacionales científico-tecnológicos.
  167. Disposición adicional vigésima primera. Ayudas reembolsables para la financiación de actuaciones concertadas con fines de investigación científica y desarrollo tecnológico.
  168. Disposición adicional vigésima segunda. Proceso de liquidación del Patronato de Viviendas de la Guardia Civil.
  169. Disposición adicional vigésima tercera. Apoyo financiero a empresas de base tecnológica.
  170. Disposición adicional vigésima cuarta. Generación de crédito para financiación de actuaciones de apoyo a la actividad industrial y desarrollo tecnológico de Galicia.
  171. Disposición adicional vigésima quinta. Financiación de la formación continua.
  172. Disposición adicional vigésima sexta. Compensación por posibles pérdidas de ingresos para las entidades locales, derivadas de la reforma del Impuesto sobre Actividades Económicas introducida por la Ley 51/2002, de 27 de diciembre.
  173. Disposición adicional vigésima séptima. Fondo de Cohesión Sanitaria.
  174. Disposición adicional vigésima octava. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones públicas o instituciones sin ánimo de lucro.
  175. Disposición adicional vigésima novena. Aportación financiera del Instituto Nacional de Empleo a la financiación del Plan Integral de Empleo de Canarias.
  176. Disposición transitoria primera. Compensación fiscal a los arrendatarios de vivienda habitual en 2003.
  177. Disposición transitoria segunda. Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2003.
  178. Disposición transitoria tercera. Fondo de Solidaridad.
  179. Disposición transitoria cuarta. Planes de pensiones de empleo o seguros colectivos.
  180. Disposición transitoria quinta. Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal.
  181. Disposición transitoria sexta. Complementos personales y transitorios.
  182. Disposición transitoria séptima. Niveles de vinculación.
  183. Disposición transitoria octava. Gestión de créditos presupuestarios en materia de Clases Pasivas.
  184. Firma
  185. ANEXO I
  186. ANEXO II
  187. ANEXO III
  188. ANEXO IV
  189. ANEXO V
  190. ANEXO VI
  191. ANEXO VII
  192. ANEXO VIII
  193. ANEXO IX
  194. ANEXO X
  195. ANEXO XI
  196. CUADROS-RESUMEN DE LOS GASTOS E INGRESOS