Legislación › Ley
Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia.
En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 19 de mayo de 2006 · Último cambio el 30 de diciembre de 2009 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. El sistema universitario de la Región de Murcia.
- Artículo 3. Principios informadores.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. La coordinación universitaria.
- Artículo 5. Objetivos y fines.
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Naturaleza.
- Artículo 7. Estructura y funcionamiento.
- Artículo 8. La Comisión Social: composición y funciones.
- Artículo 9. La Comisión Académica: composición y funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Registro e información.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 11. Criterios comunes.
- Artículo 12. Criterios aplicables a las universidades públicas.
- Artículo 13. Criterios aplicables a las universidades privadas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Creación y reconocimiento de universidades.
- Artículo 15. Régimen jurídico.
- Artículo 16. Otras estructuras de enseñanza superior.
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Creación, modificación, supresión.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 18. Adscripción.
- Artículo 19. Convenios de adscripción.
- Artículo 20. Aprobación.
- Artículo 21. Revocación de la adscripción.
- CAPÍTULO V
- Artículo 22. Centros en el extranjero.
- Artículo 23. Centros que impartan enseñanzas con arreglo a sistemas educativos extranjeros.
- Artículo 24. Objetivo y actuaciones para la integración en el Espacio Europeo de Enseñanza Superior.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 25. Naturaleza y fines.
- Artículo 26. Funciones y competencias.
- CAPÍTULO II
- Artículo 27. Composición.
- Artículo 28. Procedimiento de designación.
- Artículo 29. Mandato.
- Artículo 30. Vacantes.
- Artículo 31. Incompatibilidades.
- Artículo 32. El Presidente.
- Artículo 33. El Secretario.
- CAPÍTULO III
- Artículo 34. Reglamento de organización y funcionamiento.
- Artículo 35. Régimen jurídico de los acuerdos.
- Artículo 36. Presupuesto y recursos.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 37. La comunidad universitaria.
- Artículo 38. Principios generales.
- Artículo 39. Defensor Universitario.
- CAPÍTULO II
- Artículo 40. Personal docente e investigador.
- Artículo 41. Régimen jurídico.
- Artículo 42. Coordinación, formación y movilidad.
- Artículo 43. Complementos retributivos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 44. Régimen jurídico y retributivo.
- Artículo 45. Selección, promoción y movilidad.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 46. Oferta de plazas.
- Artículo 47. Acceso a la Universidad.
- Artículo 48. Becas y ayudas al estudio de carácter general.
- Artículo 49. Becas y ayudas propias.
- Artículo 50. Coordinación con el Estado y las universidades.
- Artículo 51. Fomento de la movilidad de los estudiantes universitarios en el Espacio Europeo de Enseñanza Superior.
- Artículo 52. Prácticas universitarias e inserción laboral.
- Artículo 53. Otras medidas.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 54. Régimen.
- Artículo 55. Principios.
- Artículo 56. Presupuesto.
- Artículo 57. Ingresos de las universidades públicas.
- Artículo 58. Modelo de financiación.
- Artículo 59. El contrato-programa.
- Artículo 60. El Plan de inversiones universitarias.
- Artículo 61. Operaciones de endeudamiento.
- Artículo 62. Autorización de los costes de personal.
- Artículo 63. Ejecución y control presupuestario.
- CAPÍTULO II
- Artículo 64. Régimen patrimonial.
- Artículo 65. Régimen de contratación.
- TÍTULO VI
- Artículo 66. Garantía de la calidad.
- Artículo 67. Objetivos.
- Artículo 68. Evaluación, certificación y acreditación.
- Artículo 69. Funciones.
- Disposición adicional primera. Universidades de la Iglesia Católica.
- Disposición adicional segunda. Perspectiva de género.
- Disposición adicional tercera. Desarrollo del consorcio para la implantación de enseñanzas universitarias en Lorca. 2 redacciones · cambió el 30/12/2009
- Disposición adicional cuarta. Constitución de la Comisión Académica y de la Comisión Social del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia.
- Disposición adicional quinta. Creación de un órgano evaluador de la calidad del sistema universitario de la Región de Murcia.
- Disposición adicional sexta. Colaboración con el Consorcio para el Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Cartagena.
- Disposición adicional séptima. Equilibrio presupuestario.
- Disposición adicional octava. Comparecencia de los rectores.
- Disposición adicional novena. Comisión Consultiva para el Personal Docente e Investigador Contratado de las Universidades Públicas de la Región de Murcia.
- Disposición transitoria primera. Adaptación y permanencia de los miembros del Consejo Social de la Universidad de Murcia.
- Disposición transitoria segunda. Constitución del Consejo Social de la Universidad Politécnica de Cartagena.
- Disposición transitoria tercera. Adecuación de los estatutos de las universidades públicas de la Región de Murcia.
- Disposición transitoria cuarta. Adecuación de las normas de organización y funcionamiento de la Universidad Católica San Antonio de Murcia.
- Disposición transitoria quinta. Adaptación de los institutos universitarios de investigación.
- Disposición transitoria sexta. Plazo para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo de la Ley.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


