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Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 14 de diciembre de 2007 · Último cambio el 21 de octubre de 2009 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  4. Artículo 2. Objetivos.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. TÍTULO I
  7. Artículo 4. Disposición general.
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 5. Programa de Desarrollo Rural Sostenible.
  10. Artículo 6. Determinaciones del Programa.
  11. Artículo 7. Atención social prioritaria.
  12. Artículo 8. Igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
  13. CAPÍTULO II
  14. Artículo 9. Zonas rurales.
  15. Artículo 10. Delimitación y calificación de zonas rurales.
  16. CAPÍTULO III
  17. Artículo 11. Convenios de colaboración.
  18. Artículo 12. Directrices Estratégicas Territoriales de Ordenación Rural.
  19. Artículo 13. Plan por zona rural.
  20. CAPÍTULO IV
  21. Artículo 14. Seguimiento interno.
  22. Artículo 15. Seguimiento externo.
  23. CAPÍTULO V
  24. Artículo 16. Apoyo a la agricultura territorial. 2 redacciones · cambió el 21/10/2009
  25. Artículo 17. Fomento de la actividad económica en el medio rural.
  26. Artículo 18. Infraestructuras de interés general.
  27. Artículo 19. Planificación ambiental.
  28. CAPÍTULO VI
  29. Artículo 20. Diversificación Económica.
  30. Artículo 21. Conservación de la naturaleza y gestión de los recursos naturales.
  31. Artículo 22. Creación y mantenimiento del empleo.
  32. Artículo 23. Infraestructuras, equipamientos y servicios básicos.
  33. Artículo 24. Energías renovables.
  34. Artículo 25. Agua.
  35. Artículo 26. Tecnologías de la información y la comunicación.
  36. Artículo 27. Seguridad ciudadana.
  37. Artículo 28. Educación.
  38. Artículo 29. Cultura.
  39. Artículo 30. Sanidad.
  40. Artículo 31. Empleo Público.
  41. Artículo 32. Protección social.
  42. Artículo 33. Urbanismo y vivienda.
  43. TÍTULO II
  44. Artículo 34. Criterio general.
  45. Artículo 35. Cofinanciación estatal.
  46. Artículo 36. Previsiones presupuestarias.
  47. Artículo 37. Memoria económica.
  48. TÍTULO III
  49. Artículo 38. Comisión Interministerial para el Medio Rural.
  50. Artículo 39. Consejo para el Medio Rural.
  51. Artículo 40. Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural.
  52. Disposición adicional única. Régimen aplicable a los sistemas de Concierto y Convenio.
  53. Disposición transitoria única. Dotación presupuestaria inicial.
  54. Disposición final primera. Modificación de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
  55. Disposición final segunda. Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible.
  56. Disposición final tercera. Plan Estratégico Nacional del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y Plan Nacional de Calidad Ambiental Agrícola y Ganadera.
  57. Disposición final cuarta. Titularidad compartida.
  58. Disposición final quinta. Título competencial.
  59. Disposición final sexta. Habilitación normativa.
  60. Disposición final séptima. Entrada en vigor.
  61. Firma