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Orden ITC/3862/2007, de 28 de diciembre, por la que se establece el mecanismo de asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos de gas natural y se crea un mercado de capacidad.

En vigor Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 29 de diciembre de 2007 · Último cambio el 30 de enero de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 3. Sujetos habilitados.
  7. CAPÍTULO II
  8. Sección 1
  9. Artículo 4. Criterios para la asignación primaria de la capacidad. 4 redacciones · cambió el 30/03/2022
  10. Artículo 5. Período de asignación de las capacidades.
  11. Artículo 6. Presentación y contenido de las solicitudes para el reparto de capacidad. 2 redacciones · cambió el 30/01/2023
  12. Artículo 7. Asignación provisional y definitiva de capacidad. 2 redacciones · cambió el 30/01/2023
  13. Sección 2
  14. Artículo 8. Asignación de la capacidad de almacenamiento restante mediante subasta. 3 redacciones · cambió el 29/12/2016
  15. Artículo 9. Fecha de celebración de la subasta. 3 redacciones · cambió el 29/12/2016
  16. Artículo 10. Entidad supervisora de las subastas.
  17. CAPÍTULO III
  18. Artículo 11. Mercado secundario.
  19. Disposición transitoria única. Contabilización de los consumos acogidos a tarifas de último recurso.
  20. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  21. Disposición final primera. Modificación de la Orden ITC/2309/2007, de 30 de julio, por la que se establece el mecanismo de traspaso de clientes del mercado a tarifa al suministro de último recurso de gas natural.
  22. Disposición final segunda. Aplicación y ejecución de la orden.
  23. Disposición final tercera. Autorización para la modificación del número de días de almacenamiento.
  24. Disposición final cuarta. Título competencial.
  25. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  26. Firma
  27. ANEXO I
  28. ANEXO II