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Orden ITC/3862/2007, de 28 de diciembre, por la que se establece el mecanismo de asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos de gas natural y se crea un mercado de capacidad.
En vigor Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 29 de diciembre de 2007 · Último cambio el 30 de enero de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Sujetos habilitados.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 4. Criterios para la asignación primaria de la capacidad. 4 redacciones · cambió el 30/03/2022
- Artículo 5. Período de asignación de las capacidades.
- Artículo 6. Presentación y contenido de las solicitudes para el reparto de capacidad. 2 redacciones · cambió el 30/01/2023
- Artículo 7. Asignación provisional y definitiva de capacidad. 2 redacciones · cambió el 30/01/2023
- Sección 2
- Artículo 8. Asignación de la capacidad de almacenamiento restante mediante subasta. 3 redacciones · cambió el 29/12/2016
- Artículo 9. Fecha de celebración de la subasta. 3 redacciones · cambió el 29/12/2016
- Artículo 10. Entidad supervisora de las subastas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Mercado secundario.
- Disposición transitoria única. Contabilización de los consumos acogidos a tarifas de último recurso.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden ITC/2309/2007, de 30 de julio, por la que se establece el mecanismo de traspaso de clientes del mercado a tarifa al suministro de último recurso de gas natural.
- Disposición final segunda. Aplicación y ejecución de la orden.
- Disposición final tercera. Autorización para la modificación del número de días de almacenamiento.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


