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Real Decreto 19/2014, de 17 de enero, por el que se refunden los organismos autónomos Instituto Nacional del Consumo y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en un nuevo organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición y se aprueba su estatuto.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 3 de febrero de 2014 · Último cambio el 24 de agosto de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. Artículo 1. Refundición de Organismos Autónomos.
  4. Artículo 2. Naturaleza jurídica y adscripción.
  5. Artículo 3. Funciones.
  6. Disposición adicional primera. Constitución de la Agencia.
  7. Disposición adicional segunda. Supresión de órganos, centros y servicios.
  8. Disposición adicional tercera. Referencias normativas.
  9. Disposición adicional cuarta. Gasto público.
  10. Disposición adicional quinta. Limitación de remuneraciones e indemnizaciones por razón del servicio.
  11. Disposición adicional sexta. Patrimonio de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición.
  12. Disposición adicional séptima. La Comisión Interministerial de Consumo.
  13. Disposición adicional octava. La Comisión Técnica para la seguridad de los productos.
  14. Disposición transitoria primera. Subsistencia de unidades, centros y servicios.
  15. Disposición transitoria segunda. Operaciones contables y presupuestarias.
  16. Disposición transitoria tercera. Formulación y aprobación de cuentas.
  17. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  18. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales.
  19. Disposición final segunda. Desarrollo normativo y aplicación.
  20. Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
  21. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  22. Firma
  23. ESTATUTO
  24. CAPÍTULO I
  25. Artículo 1. Naturaleza jurídica y adscripción orgánica.
  26. Artículo 2. Régimen jurídico.
  27. Artículo 3. Potestades administrativas.
  28. CAPÍTULO II
  29. Artículo 4. Objetivos y funciones. 2 redacciones · cambió el 25/08/2018
  30. CAPÍTULO III
  31. Sección 1
  32. Artículo 5. Órganos de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición.
  33. Sección 2
  34. Artículo 6. Presidente de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición.
  35. Artículo 7. Funciones del Presidente.
  36. Artículo 8. El Consejo de Dirección.
  37. Artículo 9. Composición del Consejo de Dirección.
  38. Artículo 10. Duración del mandato de los miembros del Consejo de Dirección.
  39. Artículo 11. Declaración de independencia, transparencia y confidencialidad para los miembros del Consejo de Dirección.
  40. Artículo 12. Funciones del Consejo de Dirección.
  41. Artículo 13. Funcionamiento del Consejo de Dirección.
  42. Sección 3
  43. Artículo 14. Nombramiento y cese del Director Ejecutivo. 2 redacciones · cambió el 25/08/2018
  44. Artículo 15. Funciones del Director Ejecutivo.
  45. Artículo 16. Subdirecciones Generales y unidades básicas. 2 redacciones · cambió el 25/08/2018
  46. Sección 4
  47. Subsección 1
  48. Artículo 17. De la Comisión Institucional.
  49. Artículo 18. Composición de la Comisión Institucional.
  50. Artículo 19. Nombramiento y cese de los miembros de la Comisión Institucional.
  51. Artículo 20. Funcionamiento de la Comisión Institucional.
  52. Artículo 21. El Comité de Valoración.
  53. Subsección 2
  54. Artículo 22. El Consejo Consultivo. Composición.
  55. Artículo 23. Funciones del Consejo Consultivo.
  56. Artículo 24. El Consejo de Consumidores y Usuarios.
  57. Artículo 25. El Consejo General del Sistema Arbitral de Consumo.
  58. Sección 5
  59. Artículo 26. Composición del Comité Científico.
  60. Artículo 27. Nombramiento de los miembros del Comité Científico.
  61. Artículo 28. Funcionamiento del Comité Científico.
  62. Artículo 29. Declaración de independencia, transparencia y confidencialidad para los miembros del Comité Científico.
  63. CAPITULO IV
  64. Artículo 30. Programas de actividades.
  65. Artículo 31. Memoria de actividades.
  66. CAPÍTULO V
  67. Artículo 32. Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información para Alertas Alimentarias.
  68. Artículo 33. Red de Alerta de los productos de consumo no alimenticios.
  69. CAPÍTULO VI
  70. Artículo 34. Comités de crisis y emergencia.
  71. Artículo 35. Procedimiento general de actuación en situaciones de crisis. Planes específicos.
  72. CAPÍTULO VII
  73. Artículo 36. Relaciones con la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.
  74. Artículo 37. Relaciones con la Autoridad Europea en materia de seguridad de productos no alimenticios.
  75. Artículo 38. Relaciones con otras autoridades en cuestiones que afecten a la seguridad alimentaria, nutrición y consumo.
  76. CAPÍTULO VIII
  77. Artículo 39. Difusión y consulta de informes, documentos y acuerdos de la Agencia.
  78. Artículo 40. Confidencialidad de la información.
  79. CAPÍTULO IX
  80. Artículo 41. Financiación.
  81. Artículo 42. Contabilidad e intervención.
  82. Artículo 43. Régimen presupuestario.
  83. CAPÍTULO X
  84. Artículo 44. Patrimonio.
  85. CAPÍTULO XI
  86. Artículo 45. Régimen de contratación de la Agencia.
  87. Artículo 46. Informes o consultas solicitados a expertos.
  88. CAPÍTULO XII
  89. Artículo 47. Personal directivo.
  90. Artículo 48. Relación de puestos de trabajo.
  91. Artículo 49. Retribuciones.
  92. Artículo 50. Provisión de puestos de trabajo.
  93. [Información relacionada]