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Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de Vivienda.

En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 14 de enero de 2014 · Último cambio el 19 de septiembre de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito.
  5. Artículo 3. Colectivos de especial protección.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 4. Modificaciones sobre conceptos y clases.
  8. Artículo 5. Modificaciones sobre la duración del régimen legal de protección y el precio.
  9. Artículo 6. Modificaciones sobre la calificación y sus efectos.
  10. Artículo 7. Modificaciones sobre promoción y financiación.
  11. Artículo 8. Modificaciones sobre requisitos de los destinatarios y procedimientos de selección.
  12. Artículo 9. Otras modificaciones sobre acceso a las viviendas de protección pública.
  13. Artículo 10. Modificaciones sobre prohibiciones y limitaciones a la facultad de disponer.
  14. CAPÍTULO III
  15. Artículo 11. Medidas para facilitar el pago de la cuota de la compra de viviendas de promoción directa.
  16. Artículo 12. Medidas para facilitar el pago del alquiler.
  17. Artículo 13. Reserva de viviendas desocupadas para colectivos en riesgo de exclusión social.
  18. Artículo 14. Reserva para el parque público de alquiler social.
  19. Artículo 15. Reducción de los precios máximos de venta y alquiler.
  20. Artículo 16. Pago anticipado de viviendas de la Administración de la Comunidad.
  21. Artículo 17. Compra de viviendas en arrendamiento de la Administración de la Comunidad.
  22. Artículo 18. Parques públicos de alquiler social.
  23. CAPÍTULO IV
  24. Artículo 19. Ampliación del periodo de amortización de préstamos hipotecarios.
  25. Artículo 20. Régimen excepcional de no devolución de ayudas a la compra.
  26. Artículo 21. Flexibilización de los requisitos de los adquirentes y arrendatarios.
  27. Artículo 22. Adquisición y arrendamiento de vivienda joven y vivienda de precio limitado para familias.
  28. Artículo 23. Condiciones especiales para adquirentes de viviendas con destino al alquiler.
  29. Artículo 24. Adelanto de opción de compra para viviendas en arrendamiento.
  30. Artículo 25. Alquiler de viviendas de protección pública por movilidad laboral.
  31. Artículo 26. Reducción de la duración del régimen legal de protección.
  32. Artículo 27. Descalificación.
  33. Artículo 28. Arrendamiento de viviendas de protección pública calificadas para venta.
  34. Artículo 29. Extensión del programa de fomento del alquiler.
  35. Disposición adicional primera. Definiciones.
  36. Disposición adicional segunda. Autorizaciones.
  37. Disposición transitoria primera. Régimen de las viviendas ya calificadas.
  38. Disposición transitoria segunda. 2 redacciones · cambió el 19/09/2014
  39. Disposición transitoria tercera. Ámbito de aplicación de las viviendas de protección pública en el medio rural.
  40. Disposición transitoria cuarta. Determinación de los precios de las viviendas de protección pública.
  41. Disposición derogatoria única. Disposiciones derogadas.
  42. Disposición final primera. Modificación de la Ley del derecho a la vivienda en relación con el régimen sancionador.
  43. Disposición final segunda. Referencias normativas.
  44. Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
  45. Disposición final Cuarta. Habilitación a la Junta de Castilla y León.
  46. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  47. Firma
  48. INFORMACIÓN RELACIONADA