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Ley 7/2015, de 31 de marzo, por la que se regula el Estatuto de Capitalidad de la Ciudad de Mérida.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 22 de abril de 2015 · Último cambio el 7 de abril de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Relaciones interadministrativas.
- Artículo 3. Sectores de interés concurrente.
- Artículo 4. Formas de cooperación.
- Artículo 5. Los convenios de colaboración.
- Artículo 6. Compatibilidad con otros acuerdos de colaboración.
- Artículo 7. Compromisos del Ayuntamiento de Mérida derivados de la capitalidad.
- CAPITULO III
- Artículo 8. Consejo de Capitalidad.
- Artículo 9. Composición.
- Artículo 10. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 11. Comisión ejecutiva.
- Artículo 12. Funciones del Consejo de Capitalidad.
- Artículo 13. Consejo de Participación Ciudadana.
- CAPITULO IV
- Artículo 14. Recursos económicos.
- Artículo 15. Aportaciones de la Junta de Extremadura.
- Artículo 16. Financiación de la capitalidad.
- Disposición final primera. Cálculo de la sección especial del Fondo Regional de Cooperación Municipal para 2015.
- Disposición final segunda. Modificación del artículo 46 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2015.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


