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Ley 3/2023, de 5 de abril, de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia.
En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 26 de abril de 2023 · Último cambio el 14 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de actuación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. El Sistema de Emergencias y Protección Civil de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Artículo 4. Derechos en materia de emergencias y protección civil.
- Artículo 5. Deberes en materia de protección civil.
- TÍTULO I
- Artículo 6. Centro de Coordinación de Emergencias 112 de la Región de Murcia.
- Artículo 7. Servicio de Atención de Llamadas de Emergencia.
- Artículo 8. Protocolos operativos.
- Artículo 9. Colaboración con el Centro de Coordinación de Emergencias 112 de la Región de Murcia.
- Artículo 10. Sistemas de gestión y de comunicaciones de emergencias.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 11. Anticipación.
- Artículo 12. Red Autonómica de Información sobre Protección Civil.
- Artículo 13. Mapa de Riesgos de Protección Civil de la Región de Murcia.
- Artículo 14. Ordenación del territorio y urbanismo.
- Artículo 15. Prevención.
- Artículo 16. Ejercicios y simulacros.
- CAPÍTULO II
- Artículo 17. Planes de protección civil.
- Artículo 18. Planes Territoriales.
- Artículo 19. Plan Territorial de Protección Civil de la Región de Murcia.
- Artículo 20. Planes Territoriales de Protección Civil de ámbito inferior al de Comunidad Autónoma.
- Artículo 21. Planes Especiales Autonómicos.
- Artículo 22. Planes Sectoriales.
- Artículo 23. Planes de Autoprotección.
- Artículo 24. Implantación de los planes de protección civil.
- Artículo 25. Adaptación y revisión de los planes de protección civil.
- Artículo 26. Registro de Planes de Protección Civil de la Región de Murcia.
- CAPÍTULO III
- Artículo 27. Activación de los planes de protección civil.
- Artículo 28. Dirección de los planes de protección civil.
- Artículo 29. Centro de Coordinación Operativa.
- Artículo 30. Activación de Planes de Autoprotección.
- Artículo 31. Medidas de emergencia.
- Artículo 32. Movilización de recursos.
- Artículo 33. Servicios de intervención y asistencia en emergencias.
- Artículo 34. Colaboración con otras entidades territoriales.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 35. Fase de recuperación.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 36. Consejo de Gobierno.
- Artículo 37. Consejería competente en materia de emergencias y protección civil.
- Artículo 38. Titular de la Consejería competente en materia de emergencias y protección civil.
- Artículo 39. Participación de órganos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 40. Naturaleza y funciones.
- Artículo 41. Composición y funcionamiento.
- CAPÍTULO III
- Artículo 42. Municipios.
- Artículo 43. Alcalde.
- Artículo 44. Entidades supramunicipales.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 45. Formación en materia de emergencias y protección civil.
- CAPÍTULO V
- Artículo 46. Facultad de inspección.
- Artículo 47. Colaboración con la inspección.
- TÍTULO IV
- Artículo 48. Voluntariado de protección civil.
- Artículo 49. Régimen jurídico del voluntariado de protección civil.
- Artículo 50. Promoción del voluntariado de protección civil.
- Artículo 51. Movilización fuera del término municipal.
- Artículo 52. Seguro.
- Artículo 53. Colaboración de otras entidades.
- TÍTULO V
- Artículo 54. Infracciones.
- Artículo 55. Sujetos responsables.
- Artículo 56. Infracciones muy graves.
- Artículo 57. Infracciones graves.
- Artículo 58. Infracciones leves.
- Artículo 59. Sanciones.
- Artículo 60. Competencias sancionadoras.
- Artículo 61. Ejercicio de la potestad sancionadora.
- Disposición adicional única. Planes de emergencia de presas, embalses y balsas.
- Disposición transitoria primera. Planes de protección civil vigentes.
- Disposición transitoria segunda. Composición y funciones del Consejo de Emergencias y Protección Civil de la Región de Murcia.
- Disposición transitoria tercera. Requisitos de cualificación de los socorristas para la vigilancia y salvamento en playas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Plazos para el desarrollo reglamentario de la ley.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 3/2018, de 26 de marzo, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


