Legislación › Ley
Ley 1/2023, de 2 de marzo, de gestión y ciclo urbano del agua de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 14 de marzo de 2023 · Último cambio el 6 de marzo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto, finalidad y ámbito.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Derechos y obligaciones de los usuarios del agua.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Competencias de la Junta de Extremadura.
- Artículo 6. Competencias del Consejo de Gobierno.
- Artículo 7. Competencias de la Consejería.
- Artículo 8. Competencias de los Municipios.
- Artículo 9. Entes supramunicipales del agua.
- Artículo 10. Consejo Asesor del Agua de Extremadura.
- Artículo 11. Comisión Interdepartamental del Agua.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Transparencia en el ciclo urbano del agua.
- Artículo 13. Planificación y participación y colaboración ciudadana.
- Artículo 14. Acceso al agua destinada al consumo humano.
- Artículo 15. Acceso a la información.
- Artículo 16. Acción pública.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 17. Gestión cooperativa y sostenible del ciclo urbano del agua.
- Artículo 18. Obras de interés de la comunidad autónoma.
- Artículo 19. Convenios.
- Artículo 20. Sistemas de gestión supramunicipal del agua de uso urbano.
- Artículo 21. Rendimiento en las redes de abastecimiento.
- Artículo 22. Garantía de prestación de los servicios del ciclo urbano del agua.
- CAPÍTULO V
- Artículo 23. Recuperación de los costes en el ciclo urbano del agua.
- Artículo 24. Aplicación autonómica del canon de regulación y tarifas de utilización del agua.
- Artículo 25. Canon de Saneamiento.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 26. Tipicidad.
- Artículo 27. Inspección.
- Artículo 28. Infracciones.
- Artículo 29. Infracciones en materia de inspección e información.
- Artículo 30. Sanciones.
- Artículo 31. Competencia sancionadora.
- Artículo 32. Caducidad.
- Artículo 33. Denuncias.
- Artículo 34. Potestad sancionadora de los entes locales en materia de aguas.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Reglamento del ciclo urbano del agua de Extremadura.
- Disposición final tercera. Desarrollo del Sistema de información del agua urbana.
- Disposición final cuarta. Desarrollo y puesta en funcionamiento del inventario de infraestructuras del ciclo urbano del agua.
- Disposición final quinta. Adaptación de ordenanzas municipales.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- [firma]


