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Real Decreto 606/2026, de 22 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, A.A.I.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 25 de julio de 2026 · Último cambio el 25 de julio de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. ni
  2. [preambulo]
  3. Artículo único. Aprobación del Estatuto de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, A.A.I.
  4. Disposición adicional primera. Designación de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, A.A.I., como organismo de igualdad del Reino de España.
  5. Disposición adicional segunda. Colaboración con el Instituto de las Mujeres, O.A., como organismo de igualdad del Reino de España.
  6. Disposición adicional tercera. Colaboración con el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica (CEDRE), de conformidad con el ordenamiento jurídico español y las directivas europeas aplicables.
  7. Disposición adicional cuarta. Centro de Documentación y Memoria sobre Discriminación, Odio e Intolerancia.
  8. Disposición transitoria única. Régimen transitorio para el funcionamiento de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, A.A.I.
  9. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  10. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores.
  11. Disposición final segunda. Modificación de la Orden TAS/1713/2005, de 3 de junio, por la que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.
  12. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 891/2005, de 22 de julio, por el que se crea y regula el Consejo Estatal del Pueblo Gitano.
  13. Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la integración social de los inmigrantes.
  14. Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 1262/2007, de 21 de septiembre, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico.
  15. Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto 1855/2009, de 4 de diciembre, por el que se regula el Consejo Nacional de la Discapacidad.
  16. Disposición final séptima. Modificación de la Orden IGD/577/2020, de 24 de junio, por la que se crea el Consejo de Participación de las Personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) y se regula su funcionamiento.
  17. Disposición final octava. Salvaguardia de rango reglamentario.
  18. Disposición final novena. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
  19. Disposición final décima. Entrada en vigor.
  20. [firma]
  21. ESTATUTO
  22. CAPÍTULO I
  23. Artículo 1. Naturaleza, régimen jurídico y sede.
  24. Artículo 2. Fines.
  25. Artículo 3. Autonomía e independencia.
  26. Artículo 4. Funciones.
  27. Artículo 5. Información y planificación estratégica.
  28. Artículo 6. Potestades administrativas.
  29. CAPÍTULO II
  30. Artículo 7. Estructura orgánica de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, A.A.I.
  31. Sección 1
  32. Artículo 8. La Presidencia.
  33. Artículo 9. Independencia.
  34. Artículo 10. Funciones de la Presidencia.
  35. Artículo 11. Delegación de competencias de la Presidencia.
  36. Artículo 12. Régimen de suplencia de la Presidencia.
  37. Sección 2
  38. Artículo 13. Dirección de atención a víctimas de discriminación.
  39. Artículo 14. Dirección de prevención, estudios y estadísticas.
  40. Artículo 15. La Secretaría General.
  41. CAPÍTULO III
  42. Artículo 16. El Consejo Consultivo para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
  43. Artículo 17. Mandato y renovación del Consejo Consultivo para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
  44. Artículo 18. Funcionamiento del Consejo Consultivo para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
  45. CAPÍTULO IV
  46. Artículo 19. Régimen general de personal.
  47. Artículo 20. Clases de personal.
  48. Artículo 21. Relación de puestos de trabajo.
  49. Artículo 22. Retribuciones.
  50. Artículo 23. Evaluación del desempeño.
  51. Artículo 24. Incompatibilidades del personal de la Autoridad.
  52. Artículo 25. Deber de secreto profesional.
  53. CAPÍTULO V
  54. Artículo 26. Recursos económicos.
  55. Artículo 27. Régimen de contratación.
  56. Artículo 28. Patrimonio y régimen de financiación.
  57. Artículo 29. Régimen presupuestario.
  58. Artículo 30. Contabilidad.
  59. Artículo 31. Cuentas anuales.
  60. Artículo 32. Control de la gestión económico-financiera.
  61. CAPÍTULO VI
  62. Artículo 33. Colaboración.
  63. Artículo 34. Participación en otros foros y órganos.
  64. CAPÍTULO VII
  65. Artículo 35. Transparencia y acceso a los documentos.
  66. Artículo 36. Accesibilidad y lenguaje sencillo y no sexista.
  67. Artículo 37. Atención a personas con discapacidad.
  68. CAPÍTULO VIII
  69. Artículo 38. Asistencia jurídica.