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Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 15 de febrero de 1974 · Último cambio el 2 de agosto de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. 3 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 2. 5 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Articulo 3. Colegiación. 5 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 4.
- Articulo 5. 7 redacciones · cambió el 02/08/2024
- Artículo 6. 3 redacciones · cambió el 15/04/1997
- Artículo 7. 2 redacciones · cambió el 11/01/1979
- Articulo octavo. 3 redacciones · cambió el 13/07/1974
- Articulo noveno. 3 redacciones · cambió el 13/07/1974
- Articulo 10. Ventanilla única.
- Articulo 11. Memoria Anual. 2 redacciones · cambió el 02/08/2024
- Articulo 12. Servicio de atención a los colegiados y a los consumidores o usuarios.
- Articulo 13. Visado.
- Articulo 14. Prohibición de recomendaciones sobre honorarios.
- Articulo 15. Igualdad de trato y no discriminación. 2 redacciones · cambió el 02/08/2024
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda. 2 redacciones · cambió el 17/04/1999
- Disposición adicional tercera. La organización colegial.
- Disposición adicional cuarta. Valoración de los Colegios para la tasación de costas.
- Disposición adicional quinta. Facultad de control documental de las Administraciones Públicas.
- Disposición adicional sexta. Sesiones telemáticas.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición final.
- Firma


