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Legislación › Acuerdo Internacional

Acuerdo entre el Gobierno de España y el Consejo Ejecutivo Federal de la Asamblea de la República Socialista Federal de Yugoslavia sobre el transporte por carretera de viajeros y de mercancías, hecho en Belgrado el 18 de diciembre de 1985.

En vigor Ministerio de Asuntos Exteriores · Publicada el 14 de septiembre de 1989 · Último cambio el 14 de septiembre de 1989 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. Disposiciones preliminares
  4. Artículo 1. Definiciones.
  5. Artículo 2. Autoridades competentes.
  6. Transporte de viajeros
  7. Artículo 3. Transportes exentos de autorizaciones.
  8. Artículo 4. Servicios regulares.
  9. Artículo 5. Otras clases de transportes de viajeros.
  10. Transporte de mercancías
  11. Artículo 6. Clases de transporte.
  12. Artículo 7. Autorizaciones.
  13. Artículo 8. Transporte no sometido al régimen de autorizaciones.
  14. Tasas e impuestos
  15. Artículo 9.
  16. Otras disposiciones
  17. Artículo 10. Transportes excepcionales.
  18. Artículo 11. Seguros.
  19. Artículo 12. Transporte interno.
  20. Artículo 13. Control de documentos.
  21. Artículo 14. Aplicación de la reglamentación nacional.
  22. Artículo 15. Violación de las disposiciones del acuerdo.
  23. Artículo 16. Examen en común de las cuestiones derivadas de la aplicación del Acuerdo.
  24. Artículo 17. Entrada en vigor y validez.
  25. [firma]