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Ley de Cantabria 5/1997, de 6 de octubre, de Prevención, Asistencia e Incorporación Social en Materia de Drogodependencias.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 26 de noviembre de 1997 · Último cambio el 29 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Principios rectores.
- Artículo 4. Sujetos protegidos.
- TÍTULO I
- Artículo 5. Objetivos generales.
- Artículo 6. Criterios de actuación.
- Artículo 7. Actuaciones prioritarias.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 8. Objetivos generales.
- Artículo 9. Criterios de actuación.
- Artículo 10. Actuaciones prioritarias.
- Artículo 11. Ámbito judicial y penitenciario.
- Artículo 12. Ámbito laboral.
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Derechos y deberes.
- Artículo 14. Garantías de los derechos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Características generales.
- Artículo 16. Niveles asistenciales.
- Artículo 17. Primer nivel.
- Artículo 18. Segundo nivel.
- Artículo 19. Tercer nivel.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 20. Condiciones de la publicidad.
- Artículo 21. Prohibiciones.
- Artículo 22. Promoción.
- CAPÍTULO II
- Artículo 23. Prohibiciones. 2 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 24. Acceso de menores a locales.
- CAPÍTULO III
- Artículo 25. Limitaciones a la venta. 2 redacciones · cambió el 31/12/2004
- Artículo 26. Limitaciones al consumo. 3 redacciones · cambió el 29/12/2022
- CAPÍTULO IV
- Artículo 27. Estupefacientes y psicótropos.
- Artículo 28. Control de sustancias químicas.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 29. Naturaleza y características.
- Artículo 30. Contenido del Plan.
- Artículo 31. Elaboración y aprobación del Plan.
- CAPÍTULO II
- Artículo 32. Instrumentos de coordinación.
- Artículo 33. Comisión Interdepartamental sobre Drogas.
- Artículo 34. Dirección del Plan Regional sobre Drogas.
- Artículo 35. Comisión Regional sobre Drogas.
- Artículo 36. Comisión Regional de Acreditación, Evaluación y Control de Centros o Servicios de Tratamiento con Agonistas Opiáceos a personas dependientes de los mismos (Comisión de Tratamiento con Opiáceos).
- CAPÍTULO III
- Artículo 37. Consejo Asesor.
- Artículo 38. Funciones del Consejo Asesor.
- Artículo 39. Colaboración de la iniciativa privada.
- Artículo 40. Funciones de la iniciativa privada.
- Artículo 41. Voluntariado.
- Artículo 42. Comisiones de participación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 43. Investigación.
- CAPÍTULO V
- Artículo 44. Formación.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 45. Comisión parlamentaria.
- TÍTULO V
- Artículo 46. Competencias del Gobierno de Cantabria.
- Artículo 47. Competencias de la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
- Artículo 48. Competencias de los Ayuntamientos.
- TÍTULO VI
- Artículo 49. Régimen sancionador.
- Artículo 50. Infracciones.
- Artículo 51. Clasificación de las infracciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2004
- Artículo 52. Sanciones.
- Artículo 53. Prescripción.
- Artículo 54. Competencias del régimen sancionador.
- TÍTULO VII
- Artículo 55. De la financiación del Gobierno de Cantabria.
- Artículo 56. De la financiación de las Corporaciones Locales.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- [firma]


