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Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 9 de junio de 2001 · Último cambio el 29 de abril de 2006 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Ayudas.
- Sección 1
- Artículo 4. Beneficiarios. 2 redacciones · cambió el 21/07/2004
- Artículo 5. Tipos de inversión.
- Artículo 6. Limitaciones sectoriales.
- Artículo 7. Tipo y cuantía de las ayudas. 3 redacciones · cambió el 21/07/2004
- Artículo 8. Subvención de capital. 2 redacciones · cambió el 15/05/2003
- Artículo 9. Bonificación de intereses. 2 redacciones · cambió el 21/07/2004
- Artículo 10. Subvención para la minoración de anualidades de amortización y costes del aval. 2 redacciones · cambió el 15/05/2003
- Artículo 11. Número de planes de mejora.
- Artículo 12. Modificaciones de los planes de mejora.
- Sección 2
- Artículo 13. Primera instalación.
- Artículo 14. Modalidades de la primera instalación.
- Artículo 15. Ayudas a la primera instalación. 3 redacciones · cambió el 29/04/2006
- Sección 3
- Artículo 16. Adquisición de tierras.
- Sección 4
- Artículo 17. Cómputo de determinadas ayudas. 2 redacciones · cambió el 15/05/2003
- CAPÍTULO III
- Artículo 18. Financiación de las ayudas.
- Artículo 19. Distribución del volumen máximo de ayudas.
- Artículo 20. Tramitación de las ayudas.
- Artículo 21. Pago de las ayudas.
- Artículo 22. Información y seguimiento.
- Artículo 23. Convenios de colaboración con entidades financieras.
- Artículo 24. Convenios de colaboración con entidades de caución.
- Artículo 25. Ayudas no reintegrables.
- Disposición adicional primera. Forma de pago de ayudas.
- Disposición adicional segunda. Vigencia de los Convenios.
- Disposición adicional tercera. Acceso a préstamos de interés preferente sin bonificación.
- Disposición adicional cuarta. Régimen de responsabilidad.
- Disposición adicional quinta. Generación de crédito.
- Disposición adicional sexta. Beneficios fiscales a planes de mejora.
- Disposición adicional séptima. Ayudas nacionales.
- Disposición adicional octava. Publicidad de las ayudas.
- Disposición transitoria primera. Solicitudes pendientes de resolución.
- Disposición transitoria segunda. Ayudas nacionales.
- Disposición transitoria tercera. Inversiones aprobadas en Programas de OPFH.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Normativa básica.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV


