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Ley 15/2001, de 14 de noviembre, de Meteorología.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 20 de diciembre de 2001 · Último cambio el 30 de abril de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Finalidad de la Ley.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Creación del Servicio Meteorológico de Cataluña. 3 redacciones · cambió el 30/04/2020
- Artículo 4. Funciones del Servicio Meteorológico de Cataluña. 5 redacciones · cambió el 30/03/2017
- Artículo 5. Régimen jurídico de los actos del Servicio Meteorológico de Cataluña.
- Artículo 5 bis. Actuación como medio propio. 2 redacciones · cambió el 30/04/2020
- Artículo 6. Régimen del personal del Servicio Meteorológico de Cataluña.
- Artículo 7. Organización del Servicio Meteorológico de Cataluña.
- Artículo 8. El Consejo de Administración del Servicio Meteorológico de Cataluña. 2 redacciones · cambió el 14/01/2012
- Artículo 9. El Director o Directora del Servicio Meteorológico de Cataluña.
- Artículo 10. Patrimonio del Servicio Meteorológico de Cataluña.
- Artículo 11. Recursos económicos del Servicio Meteorológico de Cataluña.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Información meteorológica.
- Artículo 13. Red de Equipamientos Meteorológicos de la Generalidad de Cataluña.
- Artículo 14. Base de datos meteorológicos de Cataluña.
- Disposición adicional única. Transferencia de servicios dependientes de organismos de ámbito estatal.
- Disposición transitoria primera. Integración de instalaciones en la Red de Equipamientos Meteorológicos de la Generalidad de Cataluña.
- Disposición transitoria segunda. Adscripción de bienes, derechos y obligaciones del Servicio de Meteorología del Departamento de Medio Ambiente.
- Disposición transitoria tercera. Integración del personal del Servicio de Meteorología del Departamento de Medio Ambiente.
- Disposición final primera. Habilitación para desarrollar la Ley.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


