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Ley 5/2005, de 2 de mayo, de la Comisión Jurídica Asesora.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 24 de mayo de 2005 · Último cambio el 12 de noviembre de 2008 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Naturaleza.
  4. Artículo 2. Relaciones con el Gobierno.
  5. TÍTULO II
  6. Artículo 3. Composición 2 redacciones · cambió el 12/11/2008
  7. Artículo 4. La presidencia.
  8. Artículo 5. Incompatibilidades.
  9. Artículo 6. Pérdida de la condición de miembro.
  10. Artículo 7. La secretaria general.
  11. TÍTULO III
  12. Artículo 8. Dictámenes preceptivos.
  13. Artículo 9. Función consultiva.
  14. TÍTULO IV
  15. Artículo 10. Solicitud de dictámenes.
  16. Artículo 11. Suspensión del plazo de resolución.
  17. Artículo 12. Antecedentes e informes.
  18. Artículo 13. Dictámenes.
  19. Artículo 14. Régimen de adopción de acuerdos.
  20. Artículo 15. Plazos de emisión de los dictámenes.
  21. TÍTULO V
  22. Artículo 16. Régimen económico.
  23. Artículo 17. Contratación y patrimonio.
  24. Artículo 18. Personal.
  25. TÍTULO VI
  26. Artículo 19. Derechos de asistencia.
  27. Artículo 20. Retribución de los dictámenes.
  28. TÍTULO VII
  29. Artículo 21. Memoria anual.
  30. Artículo 22. Publicación de los dictámenes.
  31. Disposición transitoria primera. Nombramiento de los miembros y del presidente o presidenta.
  32. Disposición transitoria segunda. Mantenimiento provisional en el cargo de los miembros de la Comisión Jurídica Asesora.
  33. Disposición transitoria tercera. Régimen de los expedientes sometidos a consulta antes de la entrada en vigor de la presente ley.
  34. Disposición transitoria cuarta. Renovación de los miembros de la Comisión.
  35. Disposición derogatoria.
  36. Disposición final. Elaboración de un proyecto de reglamento de organización y funcionamiento.
  37. Firma