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Ley 8/2006, de 13 de noviembre, de Carreteras.
En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 3 de enero de 2007 · Último cambio el 2 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Concepto de carreteras.
- Artículo 3. Clases de carreteras según sus características técnicas.
- Artículo 4. Clases de carreteras según su titularidad.
- Artículo 5. La Red de Carreteras del Principado de Asturias.
- Artículo 6. Las redes de carreteras municipales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Planes y programas de carreteras del Principado de Asturias.
- Artículo 8. Contenido de los planes autonómicos de carreteras.
- Artículo 9. Aprobación y revisión de los planes autonómicos de carreteras
- Artículo 10. Planes municipales de carreteras.
- Artículo 11. Estudios de carreteras.
- Artículo 12. Evaluación del Impacto Ambiental.
- Artículo 13. Aprobación de estudios y proyectos. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 14. Coordinación de la planificación de carreteras con la planificación territorial y urbanística. 2 redacciones · cambió el 03/12/2021
- Artículo 15. Información pública.
- Artículo 16. Declaración de utilidad pública. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Construcción.
- Artículo 18. Control preventivo municipal.
- Artículo 19. Financiación.
- Artículo 20. Colaboración entre administraciones públicas.
- Artículo 21. Colaboración de los particulares.
- Artículo 22. Contribuciones especiales.
- Artículo 23. Explotación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 24. Zonas de protección. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 25. Zona de dominio público.
- Artículo 26. Canon por el uso del dominio público.
- Artículo 27. Zona de servidumbre. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 28. Zona de afección. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 29. Línea límite de edificación. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 30. Expropiaciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 31. Limitaciones a la circulación.
- Artículo 32. Autorizaciones para transportes especiales, pruebas deportivas y otros usos excepcionales de las carreteras.
- Artículo 33. Control de usos.
- Artículo 34. Accesos.
- Artículo 35. Aparcamientos.
- Artículo 36. Áreas de servicio.
- Artículo 37. Estaciones de servicio situadas fuera de un área de servicio.
- Artículo 38. Publicidad.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 39. Procedimiento.
- Artículo 40. Documentación a acompañar a las solicitudes de autorización.
- Artículo 41. Condiciones para el otorgamiento de autorizaciones.
- Artículo 42. Movimientos de tierras y explanaciones, depósitos, cultivos y arbolado. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 43. Tendidos aéreos.
- Artículo 44. Conducciones y obras subterráneas.
- Artículo 45. Cierres.
- Artículo 46. Edificios e instalaciones colindantes con la carretera.
- Artículo 47. Pasos superiores.
- Artículo 48. Pasos inferiores.
- Artículo 49. Efectos de la autorización.
- Artículo 49 bis. Declaración responsable.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 50. Definición de tramo urbano y régimen aplicable.
- Artículo 51. Alteración de la funcionalidad y cambio de titularidad de las carreteras en ámbito urbano.
- Artículo 52. Conservación y explotación.
- Artículo 53. Autorizaciones.
- Artículo 54. Condiciones específicas para la autorización de determinados usos y obras en los tramos urbanos.
- Artículo 55. Utilización.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 56. Potestad sancionadora. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 57. Sujetos responsables. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 58. Sanciones.
- Artículo 59. Medidas cautelares. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 60. Obligación de restitución y reparación de los daños.
- Artículo 61. Infracciones en el dominio público.
- Artículo 62. Multas coercitivas.
- Artículo 63. Procedimiento sancionador.
- Artículo 64. Prescripción. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- Artículo 65. Competencia. 2 redacciones · cambió el 02/12/2025
- CAPÍTULO IX
- Artículo 66. Condiciones generales.
- Artículo 67. Cesión de carreteras a los Concejos.
- Disposición adicional primera. Actualización de la cuantía de las sanciones.
- Disposición adicional segunda. Retirada de publicidad.
- Disposición adicional tercera. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
- Disposición adicional cuarta. Anexo.
- Disposición adicional quinta. Utilización en la obra pública de materiales reciclados.
- Disposición adicional sexta. Infraestructuras y redes de comunicaciones electrónicas fuera de tramos urbanos de las carreteras.
- Disposición adicional séptima. Empresa pública Gestión de Infraestructuras Públicas de Telecomunicaciones de Asturias, SAU (Gitpa).
- Disposición transitoria. Procedimientos en trámite.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
- Firma
- ANEXO


