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Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS).
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 24 de septiembre de 2010 · Último cambio el 20 de septiembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 24/12/2016
- Artículo 3. Normativa aplicable.
- Artículo 4. Definiciones. 3 redacciones · cambió el 24/12/2016
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 5. Necesidad y suficiencia del servicio AFIS. 3 redacciones · cambió el 24/12/2016
- Artículo 5 bis. Excepciones a la provisión obligatoria de servicios de tránsito aéreo.
- Artículo 6. Insuficiencia del servicio AFIS.
- Artículo 7. Prestación de servicios de control y AFIS en la misma dependencia y franjas horarias de funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 24/12/2016
- Artículo 8. Operaciones en el espacio aéreo asociado al aeródromo. 2 redacciones · cambió el 24/12/2016
- Sección 2
- Artículo 9. Estudios aeronáuticos de seguridad. 2 redacciones · cambió el 24/12/2016
- Artículo 10. Factores que deben tenerse en cuenta en la elaboración de los estudios aeronáuticos de seguridad.
- Artículo 11. Contenido del estudio aeronáutico de seguridad. 2 redacciones · cambió el 24/12/2016
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 12. Competencias administrativas. 2 redacciones · cambió el 24/12/2016
- Artículo 13. Responsabilidad del gestor del aeródromo. 2 redacciones · cambió el 24/12/2016
- Sección 2
- Artículo 14. Proveedor designado AFIS.
- Artículo 15. Atribuciones y vigencia de la designación.
- Artículo 16. Responsabilidades del proveedor designado AFIS.
- Artículo 17. Manual de la dependencia AFIS.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 18. Condiciones del personal AFIS. 3 redacciones · cambió el 20/09/2022
- Artículo 19. Formación inicial.
- Artículo 20. Instrucción en la dependencia AFIS.
- Artículo 21. Edad, aptitud psicofísica, competencia lingüística y pericia.
- Artículo 22. Funciones del personal AFIS.
- Sección 2
- Artículo 23. Proveedores de formación AFIS.
- Artículo 24. Solicitud.
- Artículo 25. Certificación y supervisión continuada.
- Artículo 26. Modificación del certificado.
- Artículo 27. Documento maestro y conservación de la documentación.
- Artículo 28. Personal destinado a la formación y evaluación.
- Artículo 29. Programa de instrucción.
- Disposición adicional primera. Inaplicabilidad de ciertas exenciones para la designación de proveedor AFIS.
- Disposición adicional segunda. Obligación de coordinación entre dependencias de transito aéreo y su personal.
- Disposición adicional tercera. Certificado de aptitud psicofísica y evaluación del nivel de competencia lingüística. 2 redacciones · cambió el 25/11/2019
- Disposición adicional cuarta. Provisión del servicio AFIS en los aeródromos militares.
- Disposición adicional quinta. Designación de proveedores de servicios de control de tránsito de aeródromo.
- Disposición transitoria primera. Normas transitorias sobre aeródromos. 3 redacciones · cambió el 23/06/2015
- Disposición transitoria segunda. Normas transitorias sobre formación de personal AFIS.
- Disposición transitoria tercera. Normas transitorias sobre proveedores designados por el Ministerio de Fomento para la prestación de servicios de tránsito aéreo.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Circulares Aeronáuticas.
- Disposición final cuarta. Ejecución y aplicación.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII
- ANEXO IX


